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Opinión

Constitución Estatal y derechos humanos

Es indudable que nos encontramos en una etapa jurídica trascendental para el Estado de Chihuahua

Jorge Breceda
Analista

sábado, 25 junio 2022 | 06:00

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Es indudable que nos encontramos en una etapa jurídica trascendental para el Estado de Chihuahua, lo anterior al encontrarnos en el prolegómeno de una reforma integral a la Constitución Política de nuestra entidad federativa. 

Por ello, es dable elevar un exhorto a las personas que integran el Congreso del Estado para que comprendan una premisa fundamental en su labor legislativa -opinión consultiva de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitida para el constituyente de la Ciudad de México- que es: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos debe verse como el mínimo (el suelo) en materia de enunciar y proteger derechos humanos, por lo que, el máximo (el cielo) será valorado según su compromiso hacia la ciudadanía. 

Lo anterior, posibilita a las diputadas y diputados a crear -guardando las proporciones- una “nueva Declaración Universal de los Derechos humanos” dentro de la Carta Magna del Estado. Imagine que nuestra Constitución albergue derechos “de avanzada”.

Para lograr lo anterior, considero que se deberán tomar en consideración tres elementos sustanciales en la redacción de los nuevos derechos humanos, siendo:

1ª La exigibilidad de lo que se suscriba en el instrumento normativo.

Las declaraciones de derechos humanos confiaban en que el órgano garante serían los Estados, confianza que a lo largo de tantos años nos hemos dado cuenta de que las naciones son impotentes para salvaguárdalos. 

Lo anterior, porque los Estados se encuentran debilitados, con características de inestabilidad y con una profunda corrupción, dicha pobreza del órgano garante provoca sistemáticamente la violación flagrante de derechos humanos.

Por lo antes descrito, nos encontramos en la coyuntura de una acción en particular: establecer que las Comisiones Municipales de Derechos Humanos (obligatorias en los 67 Municipios) y -por supuesto- la Estatal, cuenten con recursos definidos dentro de las partidas presupuestales anualmente entregadas. Imagine comisiones con la suficiencia presupuestal para hacer una verdadera reparación del daño y no, las simulaciones que tenemos hasta el día de hoy. 

Entiéndase que los derechos humanos cuestan y que todas las prerrogativas que no se encuentran sustentadas con recurso económico, no son más que demagogia.  

2ª Cambio del origen de los derechos. 

El máximo referente histórico en materia de derechos humanos es la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y surgió de un consenso de naciones que no podían permitir otra catástrofe como lo fue el nacismo. 

En este sentido, la estructura derecho humanista de nuestra Constitución debe emerger de las experiencias y luchas de la sociedad civil -locales, nacionales e internacionales-, todo movimiento social que reivindique derechos emergentes deberá de verse reflejado en el capítulo de derechos humanos. 

Por citar un ejemplo, lo sucedido en Ecuador y la lucha del pueblo indígena Kichwa (resolución de la Corte Interamericana de derechos humanos) debería ser contemplada en la Constitución para que no vuelva a suceder un acto de injusticia de esa magnitud. 

Por último, no sobra decir que es una obligación (dictada por precedente de la Corte) del Estado en temas de pueblos originarios realizar consultas previas a la implementación de políticas públicas o legislación que afecte directa o indirectamente a estas. 

3ª No remozar o ampliar derechos, sino refundarlos. 

La responsabilidad de quienes integran el Congreso del Estado radicará en revisar la esencia de cada uno de los derechos que suscriban en la Constitución, es decir, una labor epistemológica de cada uno de los conceptos que totalizan las prerrogativas.

Con ello, se garantizaría evitar dos errores, primero, extinguir la limitación de realizar un trabajo en miras de “superar” los derechos actuales, segundo, evitar caer “en el canto de sirenas” de crear acciones afirmativas en lugar de construir derechos reales y permanentes. 

Por último, reitero el exhorto a Ustedes en que sean conscientes de la trascendencia de su actuar, por lo que se encuentra prohibido que pasen a la historia como aquel congreso que solo realizó un trabajo basado en “más de lo mismo, pero de manera ampliada”, confiamos en ustedes.  

 

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