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Nacional

Pueden acusados por un delito trabajar en FGR: Corte

Sólo se beneficiaría a acusados por delitos no graves que estén libres bajo medidas cautelares

Víctor Fuentes / Agencia Reforma

lunes, 13 marzo 2023 | 21:21

Archivo / Agencia Reforma | La SCJN estableció que personas sujetas a un proceso penal, pero que no han sido declaradas culpables, pueden ingresar a trabajar en la FGR

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Ciudad de México.— Personas sujetas a un proceso penal, pero que no han sido declaradas culpables, pueden ingresar a laborar en la Fiscalía General de la República (FGR), estableció hoy la Suprema Corte de Justicia.

Por unanimidad, el Pleno de la Corte invalidó una porción del artículo 56 de la Ley de la FGR, vigente desde mayo de 2021, que exige no estar sujeto o sujeta a proceso penal como requisito para ingresar al Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía.

Dicho servicio es integrado por los agentes del Ministerio Público de la Federación, agentes de la Policía Federal Ministerial, peritos, analistas, y, en otra rama, por el personal administrativo de la FGR.

La Corte aplicó múltiples precedentes en los que ha determinado que el requisito de no estar sometido a proceso penal para acceder a cargos públicos viola el principio Constitucional de presunción de inocencia, por lo que el tema no requirió mayor debate.

El Ministro Arturo Zaldívar pidió aclarar que, más allá de la sentencia de hoy, es posible que los jueces penales prohíban a un acusado desempeñar algún puesto público, pero como medida cautelar durante un proceso específico.

Cabe mencionar que, en la aplicación práctica del criterio de la Corte, sólo se beneficiaría a acusados por delitos no graves que pueden estar libres bajo medidas cautelares y, por tanto, pueden trabajar.

En otro tema, la Corte sólo tuvo seis de ocho votos necesarios para anular el requisito de que el titular del Órgano Interno de Control (OIC) de la FGR no sea una persona que hubiera sido condenada por delito doloso que amerite prisión de más de un año, por lo que seguirá vigente.

La Corte discutió una acción presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que es una de sólo tres demandas contra leyes federales presentadas por la ombudsperson Rosario Piedra Ibarra, desde que asumió el cargo a finales de 2019.

El punto más relevante de la demanda de la CNDH --que quedó pendiente-- es que la ley permite a la FGR colaborar o no con los sistemas y mecanismos nacionales en temas de protección a los derechos humanos, con el argumento de que es un órgano con autonomía Constitucional.

Pero los Ministros se atoraron al discutir el régimen especial de responsabilidades administrativas previsto para funcionarios de la FGR, que según el proyecto de Margarita Ríos-Farjat, debe ser anulado, porque es distinto al que contempla la Ley General en esa materia para el resto de los servidores públicos.

La facultad o no del Congreso para expedir regímenes paralelos de responsabilidad administrativa es un tema novedoso, y ante las opiniones encontradas, Zaldívar pidió a la Presidenta Norma Piña más tiempo para analizarlo, por lo que el asunto quedó aplazado.

Lo anterior, ya que mañana el Pleno iniciará el debate sobre las reformas de 2016 a los códigos de Justicia Militar y Militar de Procedimientos Penales, asunto que tiene fecha fija para discusión, y que podría consumir las dos sesiones que restan de la semana.

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