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Juárez

Desperdician ebrios su segunda oportunidad

Pese a leyes elaboradas para sancionar a conductores bajo el influjo del alcohol, Estado los privilegia al no cancelar su licencia de manejo

Luz del Carmen Sosa
El Diario de Juárez

lunes, 28 junio 2021 | 13:21

Fernando Méndez / El Diario de Juárez | El pasado mes de mayo, una mujer en estado de ebriedad que circulaba sobre la avenida Manuel Talamás Camandari invadió el carril en sentido contrario, impactando de frente un vehículo que estaba habilitado como Uber donde fallecieron el conductor y el pasajero Cortesía | Conductores ebrios son remitidos al Cerecito, donde deben tomar un curso

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Las luces del vehículo atravesando la carretera Juárez-Porvenir lo sorprendieron, pero el alcohol en su sangre le aletargó los sentidos mientras conducía directo hacia la caja del tráiler que intempestivamente salió y se cruzó por la vialidad. Jesús creyó que frenaba, pero no fue así, a casi 60 kilómetros por hora terminó incrustándose contra la mitad de la caja del camión de carga pesada.

A él no le pasó nada. Resultó ileso. El auto quedó completamente destrozado y entre los fierros quedaron desparramadas las latas de cerveza –vacías y llenas– que traía consigo. Era el año 2017.

“Quince días después yo ya estaba tomando otra vez. Lo que me había pasado fue simplemente mala suerte, me dije, sin asumir responsabilidad o culpa”, recuerda Jesús, nombre ficticio del entrevistado en un grupo de Alcohólicos Anónimos en esta ciudad.

Jesús recuerda que un año previo al accidente fue interceptado al menos 50 veces por agentes viales por conducir en estado de ebriedad. Las multas las pagó sin problema alguno pues trabajaba y contaba con el recurso para asumir el gasto. 

“Entre el 2016 y 2017 me agarraron ebrio los agentes de Tránsito como 50 veces… muchas veces también soborné a los agentes para que me dejaran ir”, confiesa el chofer que fue de los primeros remitidos al Centro de Recuperación Cívica Total, inaugurado en agosto de 2017.

A partir de ese mes cayó tres veces al Cerecito.

“El director ya entonces me conocía y a la tercera vez me dijo que pidiera ayuda, que la necesitaba, que me iban a cancelar mi licencia e iba a ser peor para mí. Yo me hice el sumiso y le dije que sí, que lo iba a hacer” confía.

Jesús refiere que aunque le preocupó la advertencia de quedarse sin licencia, descubrió lo obsoleto de la sanción a pesar de sus constantes faltas al reglamento vial. 

“No fue verdad, seguí tomando y manejando por dos años más. Hasta que en el 2019 acepté mi enfermedad y desde entonces estoy en el grupo AA”, dice orgulloso de la reconstrucción de su vida.

Su caso es muy común, pues en Juárez pese a leyes y reglamentos elaborados para sancionar administrativamente a guiadores que pueden clasificarse como de alto riesgo por su adicción al alcohol, el Estado los privilegia al autorizar la licencia de manejo que les permite mantenerse frente al volante aun con su historial de ebriedad.

Datos de la Coordinación General de Seguridad Vial, adscrita a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal (SSPM), indican que desde el año 2018 ha enviado a la Oficina de Licencias de Gobierno del Estado un total de 139 expedientes de guiadores ebrios reincidentes, como lo indica el artículo 169 del Reglamento de Vialidad y Tránsito vigente en el Municipio de Juárez.

La normatividad establece que en “la tercera reincidencia se podrá solicitar a la Oficina de Licencias Digitales la cancelación definitiva del documento”, destaca José Sánchez, vocero de la dependencia municipal. 

Pero la realidad es tal como la plantea Jesús, Gobierno del Estado incumple con la disposición legal.

“Licencias canceladas como tal, ninguna”, asegura Ibeth Mancinas, vocera del Gobierno estatal. 

El por qué, no lo explica.

Emilio García Ruiz, titular de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal (SSPE), dependencia que tiene a su cargo la Oficina de Licencias, ofreció verificar el estatus en el que estaban esas 139 licencias “boletinadas”, sin embargo, no hay mayor información.

Omisión 

o burocracia

Según el artículo 169 del Reglamento Vial, el infractor por primera vez tendrá una sesión de atención a las adicciones por cuatro horas, la cual se imparte en el Cerecito. El reincidente tendrá sesiones por un período de una semana, también en el Cerecito.

Para la segunda reincidencia asistirá al curso que se le asigne dentro de un lapso de un mes.

Ante la tercera reincidencia la Coordinación General de Seguridad Vial solicitará a la Oficina de Licencias Digitales la cancelación definitiva de la licencia de conducir del infractor, en tanto, la licencia quedará suspendida hasta que no cumpla con la sanción mediante documento por escrito que acredite la asistencia a las sanciones.  

En la colonia Águilas de Zaragoza, al oriente de la ciudad, se encuentra uno de los Centros de Atención Primaria en Adicciones (CAPA) que recibe a los guiadores ebrios reincidentes por segunda ocasión y tercera ocasión.

El sitio se encuentra muy cerca del punto donde Jesús se estrelló contra un tráiler años atrás. En el lugar, se atiende a los conductores que han transgredido el Reglamento Municipal y la Ley de Vialidad y Tránsito del Estado de Chihuahua.

“Aquí recibimos a los conductores de alto riesgo que han sido remitidos dos veces o más al Cerecito, deben de cumplir con varias pláticas, de acuerdo a la sanción impuesta. La importancia es atender la adicción del guiador”, explica el asistente.

También deben acudir a las sesiones de la agrupación de Alcohólicos Anónimos, las cuales son requisito obligatorio cuando el chofer requiere recuperar el auto incautado. De no presentar los comprobantes de las charlas, simplemente no pueden pagar las multas y sus unidades permanecen en los corralones municipales.

Para Jesús, estas medidas siguen siendo insuficientes porque contar o no con la licencia de manejo, no impide al conductor ingerir alcohol si es codependiente, lo cual tampoco admite.

“Las personas se las arreglan para acudir a las pláticas y en un día pueden acudir a las sesiones de AA, sin mayor compromiso. Entras, oyen y se van. A mí han intentado hasta sobornarme para sellarles las hojas que deben presentar para que les quiten los candados en Vialidad”, dice con pesar Jesús. 

Licencia para matar 

A partir de enero del año en curso cuando la ciudad transitó, a causa de la pandemia por Covid-19, del semáforo naranja al “mostaza”, al amarillo, regresó al naranja y finalmente permanece en amarillo, las medidas sanitarias se fueron relajando y eso permitió la apertura de los negocios en el giro de venta de bebidas alcohólicas, así como la operación de bares y cantinas.

Las estadísticas de accidentes fatales de inmediato se fueron al alza. 

En ese lapso se registraron 616 choques provocados por conductores alcoholizados; en el 4 por ciento de esos percances (25) ocurrió una o más muertes entre con tductores responsables o terceras personas, explica Sánchez. 

Y al menos el 70 por ciento de los guiadores responsables contaban con licencia de manejo. 

Aunque Seguridad Vial ha reforzado los programas de prevención, como una de las medidas para reducir el riesgo de conductores alcoholizados en las calles, la incidencia de accidentes viales aún es elevada, a decir de la dependencia municipal. 

Uno de estos programas es “Médico a Bordo”, en el que los agentes transitan con un médico especialista para que realice el examen de alcoholemia a quien cometa una infracción al reglamento vial o protagonice un accidente vial.

“Los responsables de los accidentes deben cumplir con la sanción inconmutable de 24 a 36 horas de arresto en el Cerecito”, dice Sánchez. Esto es independiente de la carpeta de investigación que inicie la Fiscalía General del Estado contra el responsable del accidente que debe responder por daños y/o lesiones causadas.

En el caso del delito de homicidio imprudencial, las disposiciones legales son diferentes.

Israel Hernández, vocero del Tribunal Superior de Justicia del Estado, explica que el artículo 73 del Código Penal del Estado de Chihuahua impone prisión de 6 meses a 5 años, multa hasta de 80 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y suspensión de seis meses hasta diez años del derecho relacionado con la conducta punible.

“Que en este caso si es con motivo de la conducción de vehículos de motor, sería la suspensión de la licencia y evidentemente la imposibilidad de conducir”, refiere.

Las sanciones son mayores si dos o más víctimas fallecen, si el guiador presentaba estado de ebriedad o si omitió el deber de auxilio, dice el CPE.

El integrante de AA resume el problema de la siguiente manera: “cuando se les pregunta a los conductores sancionados por manejar ebrios por qué están en el Cerecito, algunos aluden a su mala suerte o culpan al agente vial. Y no, la respuesta no es esa. Están ahí porque no están muertos y no mataron a nadie mientras manejaban borrachos, porque no tienen conciencia del riesgo que realmente representa esa conducta y la vida les da una segunda oportunidad… que muchos desperdician”. 

Reglamento de Tránsito Municipal: 

Artículo 59.- Se prohíbe a los conductores de vehículos automotores:

V. Conducir, manejar o maniobrar en estado de ebriedad o bajo influjo de drogas de cualquier naturaleza o medicamentos que afecten los reflejos y capacidad de manejo;

VI. Ingerir bebidas alcohólicas durante la conducción;

Artículo 169: Además de las sanciones que les corresponden en el caso de detención de conductores que se encuentren bajo los efectos del alcohol, la sanción consistirá en la retención temporal de la licencia, el retiro del vehículo de la circulación vial y la canalización del conductor para la asistencia obligatoria y a su costo a sesiones según corresponda en el Cerecito. Las sesiones serán impartidas conjuntamente por personal de Educación Vial y/o por asociaciones civiles dedicadas a la prevención de adicciones y alcoholismo. 

Reglamento de la Ley de Tránsito del Estado

Capítulo 2 de las infracciones graves

Artículo 188.- Tienen el carácter de infracciones graves en el presente

Reglamento:

I. El conducir, maniobrar o manejar un vehículo en estado de intoxicación por alcohol. 

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