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Economía

Multará SAT con 2 mdp por omitir información de accionistas

En el Código Fiscal se integró la obligación de otorgar datos actualizados

Azucena Vásquez
Agencia Reforma

miércoles, 23 febrero 2022 | 12:27

Rodolfo Lasso / Agencia Reforma

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Ciudad de México- A partir de este año será obligatorio que las empresas y fideicomisos tengan información detallada de sus beneficiarios controladores, incluida hasta la de los cónyuges de estos, por requerimiento del Servicio de Administración Tributaria (SAT), y de no cumplir con ello podrán imponerles multas de hasta 2 millones de pesos, alertaron expertos.

En el Código Fiscal se integró la obligación de otorgar información actualizada de todos los beneficios controladores de personas morales y fideicomisos para evitar la evasión fiscal, el financiamiento al terrorismo fiscal y el lavado de dinero a nivel nacional e internacional, mencionó Juan Manuel Puebla, presidente del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).

De acuerdo con el SAT, el beneficiario controlador es la persona física o grupo de personas físicas que directamente o por medio de otra u otras se beneficia o benefician por su participación en una persona moral, un fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.

Aunque todavía no se señala que la información deberá ser otorgada al fisco, es necesario recabarla para que forme parte de la contabilidad, lo que será sumamente difícil, describió Puebla durante su participación en el "Cuarto Congreso Nacional de Reformas 2022".

"Va a ser muy difícil tratar de obtener esta información y pedir a las personas físicas, a los últimos individuos (beneficiarios) que se identifiquen. Verdaderamente es de llamar la atención y merece acción inmediata de los contribuyentes", dijo.

En entrevista, José Luis Lavín, socio de GLZ abogados y especialista en derecho corporativo, alertó que para cumplir con este requerimiento se deberá solicitar a los beneficiarios nombre, fecha de nacimiento, domicilio parcial y fiscal, así como el estado civil; en este último requisito se deberá entregar también acta de nacimiento y de matrimonio del cónyuge.

Enfatizó que también será necesario otorgar identificación del cónyuge o concubino, así como su régimen fiscal, acta de nacimiento, CURP, domicilio particular y fiscal.

Adicionalmente, cada beneficiario también deberá informar en dónde tiene depositada sus acciones, comentó.

"Muchos consejeros independientes lo que están haciendo es se están queriendo salir porque no les parece dar esta información tan sensible en manos de cualquier persona", dijo.

El Presidente del CCPM ejemplificó que en el caso de un grupo empresarial que opera en México con accionistas residentes en el extranjero y una empresa beneficiaria en otro país, la compilación de toda la información será "verdaderamente compleja" porque la lista de beneficiarios será larga.

Sin embargo, en caso de incumplir, las multas que aplicará el fisco serán elevadas en comparación con otras sanciones por documentos incompletos, enfatizó.

Por no otorgar la información las multas serán elevadas, ya que si la información no es otorgada en un plazo de 15 días hábiles, la multa será de un millón a dos millones de pesos, mientras que la sanción por no otorgar información actualizada podrá ser de hasta un millón de pesos, explicó.

Para quienes entreguen información con errores las multas irán de los 500 mil pesos hasta los 800 mil pesos.

Estas multas aplican por cada beneficiario de la que no se otorgue la información, alertó Lavín.

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