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Nacional

Repudian 5 ministros a superdelegados de AMLO

Con esa votación, la Corte podía haber desestimado hoy mismo la controversia, sin emitir pronunciamiento alguno por no existir los ocho votos necesarios para anular

Víctor Fuentes
Agencia Reforma

martes, 17 mayo 2022 | 15:35

Especial

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Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia registró un empate a cinco votos al revisar la figura de los Superdelegados, creados para operar en los estados los programas sociales del actual Gobierno.

Cinco ministros apoyaron un proyecto que declara la invalidez de las llamadas Delegaciones de Programas para el Desarrollo, que están adscritas a la Secretaria de Bienestar, pero dependen directamente del Presidente Andrés Manuel López Obrador.

Otros cinco votaron por la validez de esta reforma, vigente desde el primer día de este sexenio.

Con esa votación, la Corte podía haber desestimado hoy mismo la controversia, sin emitir pronunciamiento alguno por no existir los ocho votos necesarios para anular.

Pero el Presidente Arturo Zaldívar propuso retomar el tema el próximo lunes, cuando ya estará presente la Ministra Loretta Ortiz, para que rompa el empate.

Ortiz fue nominada a la Corte por López Obrador y es poco probable que apoye el proyecto, por lo que su voto sólo servirá para que la sentencia incluya un pronunciamiento de que la figura de los Superdelegados es Constitucional, mismo que sólo requiere mayoría de seis ministros.

Si Ortiz llega a votar a favor del proyecto, el resolutivo de todos modos será desestimar, sin pronunciamiento de la Corte, pues sólo habría seis votos por la invalidez.

El Ministro Luis María Aguilar, autor del proyecto, sostuvo que los artículos 17 Ter y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal (APF), reformados en noviembre de 2018, violan el principio de legalidad, porque no delimitan con claridad las atribuciones de los Superdelegados.

"El 17 Ter no da certeza sobre cuáles son los límites de las facultades de las delegaciones en la implementación de los programas, con lo que el alcance de sus atribuciones puede incluir la implementación irrestricta de medidas en las entidades, no necesariamente relacionadas con facultades de la Secretaria de Bienestar", expuso Aguilar.

Norma Piña y Alfredo Gutiérrez sostuvieron que el problema no es la posible invasión de atribuciones estatales, sino a otras dependencias federales, pues los Superdelegados pueden operar toda clase de programas del Gobierno.

"¿Quién decide finalmente sobre la implementación de los planes, programas y acciones asignados a las secretarias de Estado, los titulares o los delegados?", cuestiono Piña.

"¿Los delegados pueden ejercer presupuesto no asignado a la Secretaría de Estado a la que están adscritos?"

Gutiérrez afirmó que se rompe el esquema constitucional de ejercicio del Poder Ejecutivo por medio de las Secretarías de Estado, y que los Superdelegados son una especie de órgano administrativo transversal, que puede vigilar o supervisar programas que implementan Secretarías distintas a Bienestar.

La mayoría rechazó que existan estos vicios y afirmó que está claro que los Superdelegados sólo están facultados para operar programas federales, sin invadir atribuciones de los Gobiernos locales.

Alberto Pérez Dayan consideró que, si bien la Ley Orgánica de la APF no detalla totalmente las facultades de los Superdelegados, estas sí fueron delimitadas en un reglamento expedido por el Ejecutivo en 2019.

Avalan reformas a la APF

La Corte también avaló, en otras cinco votaciones, diversas reformas a la Ley de la APF, que fueron solicitadas al Congreso por López Obrador antes de su toma de posesión en diciembre de 2018.

El único tema donde hubo diferencias fue la reforma que faculta a la Secretaria de Energía para "coordinar" con la Comisión Reguladora de Energía (CRE) la determinación de las tarifas para los servicios previstos en la Ley de la Industria Eléctrica.

Los Ministros Pérez Dayan, Javier Laynez y Juan Luis González Alcántara advirtieron que esto viola el artículo décimo transitorio de la reforma constitucional de 2013 en materia energética, misma que reservó a la CRE la facultad para fijar tarifas.

La mayoría de siete Ministros, sin embargo, avaló el proyecto de Aguilar que, en este tema, afirmó que la participación de Sener en fijación de tarifas está sujeta a las metodologías que determine la CRE.

También se aprobaron la facultad de la Secretaría de Hacienda para designar a los titulares de las Unidades de Administración y Finanzas de las dependencias -que reemplazaron a las Oficialías Mayores-, y la transferencia de facultades de seguridad nacional, que antes estaban en la Secretaría de Gobernación, a la Secretaría de Seguridad Publica y Ciudadana (SSPC).

Otra reforma aprobada fue la que facultó a López Obrador para crear comisiones presidenciales, pero con la aclaración de que estas no generan actos de autoridad o que puedan afectar a particulares, aunque se les permita desarrollar actos de investigación o fiscalización.

En cuanto al envío de las políticas de compras del sector público a la SHCP, también implementado en esta ley, la Corte lo consideró válido, y Pérez Dayan recordó que ya hay una nueva iniciativa del Ejecutivo para devolver esta atribución a la Secretaría de la Función Pública.

CÓMO VOTARON

La figura de los Superdelegados es inconstitucional

Luis María Aguilar

Alfredo Gutiérrez

Norma Piña

Juan Luis González Alcántara

Jorge Pardo

En contra

Arturo Zaldívar

Yasmín Esquivel

Margarita Ríos-Farjat

Javier Laynez

Alberto Pérez Dayan

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