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Nacional

Frena Corte a AMLO por tercera ocasión

Ven confrontación sin precedentes por decisiones del Gobierno

Sandra Rodríguez / El Diario de Juárez

miércoles, 24 mayo 2023 | 12:51

Agencia Reforma | Sesión de ministros presidida por Norma Piña

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La invalidación del decreto con el que el Gobierno federal pretendió declarar de interés público y seguridad nacional diversas obras –y por tanto poder reservar su información– es al menos el tercer freno que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplica este año a decisiones del presidente Andrés Manuel López Obrador.

“La Corte, como se dice coloquialmente, ya la perdimos. Yo creo que siempre había estado alejada del pueblo y cercana al poder, pero ahora de manera descarada están al servicio de los potentados, de la minoría, de lo que conceptualmente, teóricamente, se conoce como la oligarquía”, dijo ayer el mandatario en su conferencia matutina.

El investigador Pedro Salazar, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), dijo que si bien la SCJN tiene casi 30 años con facultades de “control constitucional” con las que, gracias a una reforma en 1994, ha detenido decisiones del Ejecutivo contrarias a la Carta Magna –y “eso genera tensión” entre los Poderes– no se había dado el grado de descalificación que se registra públicamente en este sexenio.

“Es común que los Poderes Ejecutivos, los presidentes, entren en tensión y en confrontación con las Cortes cuando las Cortes anulan sus decisiones, y no sólo es en México y no es un tema digamos inusual”, dijo a este medio Salazar, integrante del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, en entrevista telefónica.

“Ahora, lo que sí estamos viviendo de una forma sin precedentes es la intensidad de la confrontación y, sobre todo, la descalificación del presidente de la República y de sus seguidores al Poder Judicial en su conjunto, y a la Corte en particular”, agregó el investigador.

Anulación total

El pasado martes, la Corte determinó considerar como “total” su anulación dictada el 18 de mayo sobre el “Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la administración pública federal a realizar las acciones… en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional”, publicado por el Ejecutivo el 22 de noviembre de 2021. 

Este acuerdo de López Obrador, en su artículo Primero, estableció que tenían estas características –que permiten reservar su información al público– las asociadas a “infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”.

Pero, ante una controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Publica (INAI), la SCJN determinó el pasado jueves 18 de mayo que este artículo “permitía, por su amplitud y ambigüedad, que toda la información relativa pudiera ser considerada como reservada, lo que implicaba ampliar mediante un acto administrativo el supuesto de reserva previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, como indicó en un comunicado.

“El Pleno explicó que el derecho de acceso a la información pública se encuentra regido por el principio de máxima publicidad y de reserva de ley para el establecimiento de sus restricciones, por lo que el Acuerdo contravenía la facultad del INAI (Instituto Nacional de Acceso a la Información) para delimitar los alcances de la seguridad nacional y el interés público, para efectos de transparencia”, agregó el órgano judicial.

Antes, la Corte había ya detenido otras dos reformas consideradas clave para el actual Gobierno federal y aprobadas por el Legislativo: la que buscaba trasladar el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), rechazada el 18 de abril pasado, y el paquete de modificaciones en materia de elecciones –que, de acuerdo con el Instituto Nacional Electoral, reduce su autoridad–.

Sobre el primer caso, la Corte argumentó que se opuso al traslado de la GN a la Sedena “al considerar que el artículo 21 Constitucional establece expresamente que dicha corporación será un ente civil y que su adscripción, así como la determinación de sus acciones, planes y programas, corresponden a la Secretaría del ramo de la seguridad pública, en el caso, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana”. 

Sobre el paquete de reformas electorales –también conocidas como “Plan B”– el máximo órgano del Poder Judicial determinó que hubo violaciones al procedimiento legislativo. 

Descalifica el presidente 

En cada caso, sin embargo, el titular del Ejecutivo ha respondido con descalificaciones. “Ni les contesten el teléfono”, dijo haber ordenado a sus funcionarios después del fallo sobre la GN. 

“No tiene remedio el Poder Judicial, está podrido, están actuando de manera facciosa. Imagínense, componerle la plana al Poder Legislativo”, agregó el pasado 9 de mayo, luego de la anulación de la primera parte del “Plan B”.

Entonces, además de afirmar que los ministros de la Corte “forman parte del supremo poder conservador” y que “están dedicados a obstaculizar la transformación del país para sostener el viejo régimen… de corrupción y de privilegios”, anunció que en septiembre próximo enviará una propuesta al Congreso “para que el pueblo elija a los ministros”.

De acuerdo con Salazar, un antecedente de resoluciones contrarias al Ejecutivo, y con una magnitud similar, fue cuando, en noviembre de 2018, la Corte declaró también inconstitucional la Ley de Seguridad Interior presentada por el presidente Enrique Peña Nieto, que buscaba marco legal al trabajo militar.

El exmandatario priista, en cambio, al referirse a este fallo el 20 de noviembre de 2018, en su último discurso público, sólo mencionó al Poder Judicial para decir que “ahora que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado respecto a la ley promulgada en diciembre del año pasado, nuevamente estamos frente a un vacío legal que debe ser subsanado”.

Pero López Obrador, agregó Salazar, ha declarado que su gobierno busca una “transformación” de la vida pública que implica modificaciones constitucionales para las cuales, sin embargo, no tiene mayoría calificada en el Congreso. “Y entonces ahí el asunto se traslada a una tensión contra el Poder Judicial”, dijo el investigador. 

Los reveses de la SCJN

1. 18 de abril, invalida traslado de la GN a la Sedena, con base en el Artículo 21 Constitucional

2. 9  de mayo, anula primer paquete de reformas político electorales –o “Plan B– por violaciones al procedimiento legislativo

3. 18 de mayo, invalida acuerdo que declara de seguridad nacional proyectos de obras, debido a que podría permitir reservar toda su información

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