Estado

Secretaría de Gobierno perderá control de concesiones

Entre julio y agosto deberá revisarse posible ajuste

De la Redacción/
El Diario

jueves, 13 febrero 2020 | 06:00

Chihuahua— La tarifa del transporte deberá revisarse entre el mes de julio y agosto de cada año, sin embargo la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología podrá modificarla fuera de dicho período, según el artículo 164 del proyecto de Ley de Transporte presentada por el gobernador del Estado, Javier Corral Jurado, al Congreso del Estado.

De aprobarse dicha ley la Secretaría de Gobierno ya no será la encargada de autorizar las concesiones o permisos del transporte público, tampoco de las modificaciones al tarifario al público en general, ya que se modificaría la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado y al Código Administrativo del Estado de Chihuahua, para otorgarle dichas facultades a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.

Para determinar las tarifas se tomará en cuenta el costo de operación del tipo de servicio de que se trate; las obligaciones fiscales que deban ser cubiertas por la presentación del servicio de los concesionarios y permisionarios; las variaciones que sufra el índice nacional de precios al consumidor; la integración al Sistema Integrado de Transporte; y las condiciones físicas en que se encuentren las unidades del transporte público.

Además se realizarán estudios y análisis especializados y técnicos, para las diferentes modalidades de transporte público, los cuales serán elaborados por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.

El proyecto de ley señala que dentro de las obligaciones de los concesionarios deberá admitir como medio de pago de la tarifa el sistema que determine la autoridad competente, basado preferentemente en medios de pagos electrónicos.

Las tarifas, según el proyecto de ley son cuatro:

Tarifa General. La que se paga de forma ordinaria por usuarios, en efectivo o mediante el sistema de cobro que autorice la Dirección

Tarifa Preferencial. La que cubren los usuarios que gozan de descuento por ser adulto mayor a 60 años, persona con movilidad limitada, ser perteneciente a una etnia en el estado o por ser estudiante.

Tarifa Especial. Aquella que se podrá autorizar para determinados horarios nocturnos y días domingos o festivos.

Tarifa Integrada. Es la contraprestación que paga el usuario del servicio en el sistema de rutas integradas, la cual le permite realizar transbordos entre las rutas del Sistema Integrado del Transporte durante un mismo viaje.

La propuesta de Ley del Transporte contempla entre otras cosas un pago anual de permiso para prestar servicio de transporte público, tener póliza de seguro, capacitación a choferes (por lo menos una vez al año), portar uniformes, además de que se les realizará examen antidopaje una vez al año aleatoriamente.

Las unidades del transporte urbano deberán traer instalado un sistema de posicionamiento global (GPS) como medida de seguridad, el vehículo no debe ser mayor a 10 años de antigüedad, mientras que los taxis deberán ser menores a 7 años los automotores.

Asimismo se integra en la Ley a las empresas de redes de transportes, donde se obliga al vehículo tramitar un tarjetón con vigencia anual que expedirá la autoridad de transporte, el cual deberá colocarse de manera visible, además de no tener más de 7 años de antigüedad.

También se establece que las empresas de redes de transporte deberán contar con un registro digital que resguarde la información de viajes realizados por parte del servicio relacionado con la aplicación tecnológica, por un mínimo de 5 años, ya que dicha información podrá ser requerida a petición de la autoridad investigadora o judicial.

En corto

• Entre julio y agosto 

   deberá revisarse 

   posible ajuste

• Quedará en manos de 

   la Secretaría de 

   Desarrollo Urbano y 

   Ecología

• Para determinar las 

   tarifas se tomará en 

   cuenta el costo de 

   operación del tipo de 

   servicio de que se trate

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