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Estado

Compadre de gobernador participó en transacción

Eduardo Almeida Navarro fue representante de Ramona Acosta Espinoza, dueña de la parcela

De la Redacción
El Diario

lunes, 31 mayo 2021 | 06:00

Tomada de internet | La parcela es la fracción número 34 del Ejido Nombre de Dios, se localiza a la altura de la colonia Quintas Carolinas al norte de la ciudad, cruzando el río Sacramento Tomada de internet | Almeida Navarro y Corral

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Chihuahua– El 30 de abril de 2009 se registró el primer testimonio de la escritura pública en la cual se hizo constar el contrato de compraventa que formalizaron Ramona Acosta Espinoza, representada por Eduardo Almeida Navarro, compadre del ahora gobernador del estado, Javier Corral Jurado, que en dicha transacción se identificó como la contraparte.

El documento fue ingresado en el volumen número mil 369, escritura 32 mil 313, en la Notaria Pública Número 10 del Distrito Judicial Morelos, localizado en la ciudad de Chihuahua, cuyo titular es Luis Arturo Calderón Trueba.

Ramona Acosta, ejidataria de Nombre de Dios, era propietaria de la Fracción 34 del mencionado ejido del municipio de Chihua-hua, con una superficie de 150 mil 664.10 metros cuadrados, parcela que vendió a 4 millones de pesos a Javier Corral, monto que se pagó en ese momento; además, al costo se le agregaron 83 mil 230 pesos por concepto de pago del impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles.

El bien inmueble lo adquirió Acosta Espinoza en copropiedad con otros ejidatarios y posteriormente se dividió, según consta en la escritura pública número 92 fechada el 27 de diciembre de 2006, otorgada por el Notario Público Número 3, Sergio Granados Pineda.

De acuerdo con la escritura de dicha parcela, se le notificó al presidente del Comisariado Ejidal Nombre de Dios, Arnulfo Espinoza Domínguez, sobre la venta del inmueble, por lo cual se comprobó que Ramona Acosta es ejidataria.

Fue el 13 de marzo cuando el presidente del Comisariado Ejidal, el secretario Manuel Gómez Herrera, y la tesorera Delfina Gómez Espinoza, publicaron la notificación en el Salón Ejidal, en la cual otorgaban el derecho a Eduardo Almeida, apoderado de Ramona Acosta, para poder vender dicha parcela.

Lo anterior de acuerdo con el artículo 84 de la Ley Agraria, el cual señala que en caso de la primera enajenación de parcelas sobre las que se hubiere adoptado el dominio pleno, los familiares del enajenante, las personas que hayan trabajado dichas parcelas por más de un año, los ejidatarios, los avecindados y el núcleo de población ejidal, en ese orden, gozarán del derecho del tanto, el cual deberán ejercer dentro de un término de treinta días naturales contados a partir de la notificación, a cuyo vencimiento caducará tal derecho. Si no se hiciere la notificación, la venta podrá ser anulada. 

Además establece que el comisariado ejidal y el consejo de vigilancia serán responsables de verificar que se cumpla con esta disposición. 

La notificación hecha al comisariado, con la participación de dos testigos o ante fedatario publico, surtirá los efectos de notificación personal a quienes gocen del derecho del tanto. Al efecto, el comisariado bajo su responsabilidad publicará de inmediato en los lugares más visibles del ejido una relación de los bienes o derechos que se enajenan. 

Predio de Ejido Nombre de Dios

1. 7 de septiembre de 2005, Juzgado Cuarto de lo Civil para el Distrito Judicial Morelos admite la demanda contra Javier Corral por adeudo a Televisora de Occidente

2. 30 de abril de 2009, Formaliza Javier Corral compra de parcela ubicada en Ejido Nombre de Dios a Ramona Acosta, quien fue representada por Eduardo Almeida

3. 25 de agosto de 2009, Juzgado Cuarto de lo Civil declara embargado el inmueble localizado en Ejido Nombre de Dios.

4. 21 de febrero de 2014, Se celebra audiencia de remate; no hay postores

5. 19 de agosto de 2014, Se celebra audiencia de remate; no hay postores

6. 13 de marzo de 2015,  Se celebra audiencia de remate; no hay postores

7. 23 de octubre de 2015, Se celebra audiencia de remate; no hay postores

8. 10 de junio de 2016, Se celebra audiencia de remate; no hay postores

9. 15 de noviembre de 2017, Se recibe expediente de otro juzgado, pasa a Juzgado Primero Civil para el Distrito Judicial Morelos, por cierre del Juzgado Cuarto Civil

10. 19 de febrero de 2019, Se ordena sacar a remate

11. 4 de marzo de 2021, Se concluye asunto por satisfacción de prestaciones

12. 5 de abril de 2021, Se envía oficio al Registro Público de la Propiedad y del Notariado para publicar cancelación de embargo

13. 6 de mayo de 2021, Registro Público de la Propiedad y del Notariado publica cancelación de embargo

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