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Nacional

Mandan 'a volar' a la IP: decretan mudanza de carga aérea

La transición se deberá efectuar en 108 días hábiles

Saraí Cervantes / Agencia Reforma

jueves, 02 febrero 2023 | 20:02

Associated Press | Las empresas habían pedido al Gobierno más tiempo para mudar la carga aérea del AICM, debido a la complejidad de los procesos y los costos que deben asumir

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Ciudad de México.— Pese a la oposición de la industria, el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador publicó el decreto que busca sacar las operaciones de carga aérea del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), transición que se deberá efectuar en 108 días hábiles.

A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Gobierno señaló que instruye a la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) a actualizar las bases generales para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue (slots) en aeropuertos en condiciones de saturación, publicadas el 29 de septiembre de 2017.

También pide revisar y modificar los permisos del servicio al público de transporte aéreo internacional de carga y autorizar las rutas relacionadas, así como incorporar este decreto en la Publicación de Información Aeronáutica (PIA).

"Se instruye a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) a realizar las acciones necesarias a fin de revisar y modificar, en su caso, las concesiones del servicio al público de transporte aéreo nacional regular y no regular de carga.

El Gobierno también le solicitó al AICM realizar las gestiones correspondientes para la asignación de slots, de conformidad con el decreto.

La declaratoria de saturación en el campo aéreo del AICM, publicada en el 29 de septiembre de 2014, así como de los edificios terminales, publicada el 3 de marzo de 2022, permanecen vigentes.

El presente decreto tampoco abroga el publicado en el DOF en 1994 que establece el cierre del AICM, a partir del 1 de junio de ese año, para las operaciones de aeronaves destinadas a demostraciones internacionales, vuelos privados y corporativos internacionales, y de empresas extranjeras como taxi aéreo.

"Las erogaciones que, en su caso, se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto, se deben cubrir mediante movimientos compensados, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, con cargo al presupuesto aprobado para los ejecutores de gasto correspondientes en el presente ejercicio fiscal, y no se autorizarán recursos adicionales en el presente ejercicio ni en los subsecuentes", se explicó en el decreto.

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