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Nacional

Aprueba Corte pago de pensión basado en UMAs

SCJN resolvió que tope máximo de pensión jubilatoria otorgada por Issste debe ser cuantificado con base en Unidad de Medida y Actualización

Abel Barajas / Agencia Reforma

miércoles, 17 febrero 2021 | 20:05

Tomada de internet | Imagen ilustrativa

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Ciudad de México— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el tope máximo de la pensión jubilatoria otorgada por el Issste debe ser cuantificado con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La Segunda Sala de la Corte consideró que la reforma que introdujo las UMAs tiene como propósito aumentar los ingresos de los trabajadores con menores remuneraciones, así como las cuotas y aportaciones de seguridad social.

En 2016 entró en vigor la modificación que creó las unidades de medida y eliminó al salario mínimo como parámetro para calcular el monto en el pago de diversas obligaciones en materia de impuestos, multas y actividades económicas.

Tanto el IMSS como el Issste empezaron a desvincular al salario mínimo general del cálculo de las pensiones y, en su lugar, aplicaron este nuevo parámetro.

Como la cotización de las pensiones en UMAs significan aumentos mucho menores en el pago para los jubilados, muchos de ellos decidieron litigar para buscar un incremento basado en el salario.

Algunos tribunales colegiados en su momento establecieron que, al tratarse de una prestación de seguridad social derivada de la relación de trabajo y sustentada en el salario, debía aplicarse el salario mínimo como medida de cálculo de la pensión de retiro.

La divergencia de criterios entre los órganos jurisdiccionales generó una contradicción de tesis que hasta ahora aclara la SCJN, en un proyecto del Ministro Javier Laynez.

"La finalidad de esta modificación fue aumentar los ingresos de los trabajadores con menores remuneraciones, así como las cuotas y aportaciones de seguridad social. Esto se traduce en una mejoría en las prestaciones derivadas de la existencia de un vínculo de trabajo, entre las que se encuentra la pensión jubilatoria", dijo la Corte.

"Por lo cual, la Sala concluyó que, conforme a la Ley del Issste, abrogada, y al artículo Décimo transitorio de la Ley del Issste vigente, el tope máximo de la pensión jubilatoria debe calcularse con base en la UMA".

Hoy en día, con el aumento al salario mínimo, el ingreso mensual basado en esta medida equivale a 4 mil 251 pesos, mientras que con las UMAs la cantidad es de 2 mil 724.45 pesos.

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