Nacional

Ven inexistencia de faltas de AMLO por mañanera

El TEPJF confirmó la inexistencia de infracciones del presidente de la República

Guadalupe Irízar
Agencia Reforma
miércoles, 18 noviembre 2020 | 17:36

Ciudad de México— Los magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron la inexistencia de infracciones del presidente de la República Andrés Manuel López Obrador y su vocero Jesús Ramírez Cuevas, por la presentación en la conferencia matutina del mandatario, del documento "Rescatemos a México", atribuido, supuestamente, al Bloque Opositor Amplio (BOA).

La sala regional especializada había declarado la inexistencia de irregularidades, ante el recurso presentado por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra de ambos funcionarios, por considerar que con la presentación de ese documento hubo uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada del Presidente.

Los hechos denunciados por los panistas ocurrieron en la conferencia presidencial del 9 de junio de este año.

Renovación de CNHJ de Morena

En otra sentencia, los magistrados en sesión virtual este miércoles, aprobaron ordenar al Consejo Nacional del partido Morena, realizar los actos que lleven a la renovación de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia,

Al resolver un juicio interpuesto por el militante José Luis Rafael Canchola Arredondo y a propuesta del magistrado Indalfer Infante, los magistrados consideraron en la sentencia que los integrantes de la citada CNHJ de Morena ya cumplieron el periodo de tres años para los que fueron elegidos y no se ha hecho nada ante tal vencimiento.

Violación al modelo de comunicación

En otro de los asuntos resueltos por la sala superior en su sesión de videoconferencia vespertina, los magistrados, por mayoría, confirmaron la sentencia de la sala especializada que decretó la inexistencia de violaciones al modelo de comunicación por parte de la Presidenta Municipal de Benito Juárez, Quintana Roo, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, por presuntamente comprar tiempos en radio y televisión para promover su imagen.

Sin embargo, a diferencia de la sala especializada, el magistrado ponente De la Mata propuso y obtuvo mayoría en su propuesta de sentencia que confirmó la resolución por considerar que no se combatieron adecuadamente los agravios por parte de los inconformes que pusieron el recurso ante la sala superior.

En la sesión los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez consideraron que sí se podría acreditar violación al modelo de comunicación, por los 75 programas emitidos de lunes a viernes por la Alcaldesa, entre marzo y junio de 2020, con duraciones entre 40 y 90 minutos, que luego eran retransmitidos por emisoras locales y en sus redes.

La prohibición constitucional es expresa y total para poder adquirir espacios en radio y televisión recordaron los magistrados.

La magistrada Otálora habló de que se trataba de un "fraude a la ley" el querer aparentar que no había promoción personalizada ni adquisición de tiempos y propuso revocar sentencia y regresarla para mayor sustanciación del tema.

El magistrado ponente De la Mata dijo coincidir con las apreciaciones de los magistrados que veían infracciones en el caso, pero por no haber combatido de manera jurídica correcta los agravios en el recurso presentado, propuso su confirmación.

"Coincido en las afirmaciones respecto del modelo de comunicación", expuso el magistrado De la Mata.

Dijo que podrían estar a la vista las posibles violaciones a la ley y a la Constitución.

"Sin embargo en técnica de análisis de agravios () los actores no contravienen varias temáticas que se encuentran en la sentencia impugnada () Son las razones de la sala regional las que no se combaten en su totalidad y () la consecuencia de eso es la inoperancia de los agravios e ineficiencia más allá que pueda coincidir con lo que dicen los magistrados disidentes (de su propuesta)", dijo De la Mata.

Luego de esa intervención y sin más discusión, la mayoría avaló la sentencia que decretó inexistencia de violaciones de la Alcaldesa de Benito Juárez, Quintana Roo.

Contra omisiones

En la sesión se resolvieron más de 40 juicios diversos, y en donde una constante fue el ordenar a diversas autoridades que den respuesta a demandas de algunos ciudadanos sobre casos específicos, ante la omisión documentada de atención.

Fue el caso del juicio promovido por Héctor Melesio Cuén Ojeda y Víctor Antonio Corrales que demandaron respuesta a la iniciativa presentada para eliminar el horario de verano en Sinaloa y los magistrados votaron una sentencia ordenando a la Cámara de Diputados que dé respuesta.

Asimismo, en un juicio ciudadano promovido por el ciudadano Maximiliano Vallejo Reyna, los magistrados le dieron la razón y ordenaron al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) darle respuesta a su solicitud de que se le autorice votar en línea en las próximas elecciones federales de 2021 debido a la pandemia.