Juárez

Ilegalidad en traslado de reos

Sin autorización de jueces han cambiado de penal a más de 750 internos

Blanca Elizabeth Carmona
El Diario de Juárez

domingo, 15 septiembre 2019 | 06:00

Ciudad Juárez— Más de 750 internos han sido trasladados a diferentes reclusorios dentro del mismo estado en el período comprendido del 2015 al 2018, como parte de las acciones para mantener la seguridad en los centros penitenciarios de la entidad pero sin tomar en cuenta el debido proceso y los derechos de los justiciables.

Entre los trasferidos se encuentran procesados y sentenciados, quienes son integrantes de diversas pandillas, como “Gente Nueva, “La Línea”, “Mexicles”, “Cártel de Sinaloa”, “Aztecas”, “Sureños 13” así como personas que dijeron no pertenecer a ninguna pandilla. 

Un informe entregado por la Fiscalía General del Estado (FGE), a través de la Plataforma Nacional de Transparencia indica que de los 754 trasferidos a otros penales, 254 eran internos que al momento de cambiarlos no habían sido sentenciados. 

Además se da a conocer que los movimientos de la reclusos se hicieron en los 11 reclusorios que administra Gobierno del Estado principalmente hacia esos mismo centros penitenciarios y a centro federales, como el penal de Ecatepec en el Estado de México.

Los penales estatales son el número 1 en Aquiles Serdán; 2 en la ciudad de Chihuahua; 3 en la frontera de Juárez; 4 en Hidalgo del Parral, 5 en Nuevo Casas Grandes; 7 en Cuauhtémoc; 8 Guachochi; 1 femenil Aquiles Serdán; el 2 femenil instalado en esta frontera y en los centros de Reinserción Social para Adolescentes Infractores número 1 y 3 que funcionan en Juárez y en la capital del Estado. 

Las personas sujetas a cambios enfrentan cargos por diversos delitos como homicidio, robo, violación, abuso sexual, extorsión, secuestro, violación a la ley federal de armas de fuego y explosivos, delincuencia organizada y potación de arma de fuego, robo de vehículo, secuestro exprés, posesión de vehículo robado, portación de armas de fuego de uso exclusivo, entre otros.

El presidente de la Asociación de Abogados Penalistas de Ciudad Juárez, Mario Espinoza Simental, señaló que los traslados son ilegales y afectan el debido proceso, pues las autoridades penitenciarias lo hacen sin autorización de los jueces de Ejecución quienes son los únicos facultados cuando se trata de personas sentenciadas y tampoco sin consultar a los titulares de los juzgados de Enjuiciamiento y de Control entes encargados de los procesados o internos que están en espera de una sentencia. 

“Por lo general esos traslados son totales ilegales, como en el 95 por ciento los hace sin tener la facultad Medidas Judiciales. Sin embargo, de acuerdo a la Ley Nacional de Ejecución Penal quien los tiene a su disposición y lo puede autorizar previo debate o si lo pide el reo es el juez de Ejecución. Pero esto jamás ocurre Medidas Judiciales lo hace porque se lo ordenan y esto afecta al reo como a la familia porque son trasferidos a lugares distantes del lugar donde ocurrió el hecho”, expuso.

Espinoza Simental refirió que al realizarse el traslado de presos, los familiares de estos se quedan sin acceso directo para visitarlos lo que les genera problemas psicológicos, económicos, familiares y “no se diga al reo ya que uno de los puntos de la imposición de una pena es la readaptación, el tener cerca a sus parientes es una forma de poder readaptarse a la sociedad”.

El litigante refirió que cuando se interponen amparo contra los traslados prácticamente todos se conceden por las violaciones que comete el personal de Medidas Judiciales. 

Además el entrevistado puntualizó que al cambiar a los internos, la autoridad penitenciaria está violando los tratados internacionales a los que está suscripto el Estado Mexicano y lo previsto en la Constitución, en las que se establece que las reclusos tienen que estar en el lugar más cercano a donde se cometió el delito y cerca de su familia.

“Afecta el debido proceso porque al no estar presente en audiencia el justiciable para llevarla a cabo se realizan videoconferencias (en tiempo real) y con se está violando los principios de inmediación y el apartado 8.2 del Pacto de San José que habla del derecho a una defensa material, entendiendo esto a que el reo tiene que estar junto a su defensor y también se viola la inmediación, el deber del juez debe tener al procesado a un lado y la obligación de esta autoridad de solo valorar la prueba expuesta en su presencia”, agregó. 

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