Internacional

Disuelve presidente de Perú el Congreso

Se procederá a unas nuevas elecciones legislativas

Reforma

lunes, 30 septiembre 2019 | 21:42

Lima— El Presidente Martín Vizcarra anunció que firmó una orden suprema para disolver el Congreso, luego de que éste no diera prioridad a la cuestión de confianza que planteó el Ejecutivo sobre el proceso de elección de magistrados para el Tribunal Constitucional (TC).

Mientras Vizcarra hablaba a la nación, el Congreso debatía la llamada cuestión de confianza. 

Tras el mensaje del Mandatario, los legisladores de la Oposición dijeron en la sesión plenaria que presentarán una moción para acusarle de "incapacidad moral" y declarar su vacancia.

Previamente el presidente de ministros, Salvador del Solar, había formalizado el pedido de cuestión de confianza ante el Congreso, para modificar las reglas sobre la designación de miembros del Tribunal Constitucional (TC).

De acuerdo con el artículo 133 de la Constitución peruana, el presidente del Consejo de Ministros puede plantear una cuestión de confianza al Congreso, pero si le es negado "se produce la crisis total del Gabinete", lo que obligaría al Ejecutivo a nombrar uno nuevo.

Según establece el artículo 134, en caso de que el Parlamento le niegue la confianza al nuevo Gabinete ministerial, el jefe de Estado tiene el derecho de disolver al Legislativo y solo quedará la Comisión Permanente hasta que se produzca la elección parlamentaria.

Vizcarra acusa al Congreso de distraer la labor del Gobierno con varias interpelaciones a sus ministros y de empujar a la renuncia a miembros de su gabinete, con el voto mayoritario del partido de derecha de Keiko Fujimori, que está detenida mientras la investigan por sospechas de lavado de dinero.

La última vez que un Mandatario cerró el Congreso en Perú fue en 1992, cuando Albero Fujimori, padre de Keiko, alegó obstrucción en temas de seguridad y economía.

Tras la disolución del Congreso, según establece el artículo 134 de la Constitución, se procederá a unas nuevas elecciones legislativas "dentro de los cuatro meses de la fecha de la disolución, sin que pueda alterarse el sistema electoral preexistente".

Mientras se desarrolla ese proceso, se mantiene en funciones la Comisión Permanente, la cual no puede ser disuelta, agrega el texto. 

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