Economía

Alertan por extinción de dominio

Primero quitarán propiedades, después averiguarán

Eduardo Lara
El Diario

miércoles, 09 octubre 2019 | 06:00

Tomada de Internet

Rentar o vender un inmueble que fue usado con fines ilícitos sin saberlo, podría traer serias consecuencias para el propietario debido a las reformas aprobadas en materia de la Ley de Extinción de Dominio, según afirmó Isabel Meraz, abogada de Key Firm.

La profesionista señaló que en el caso de la Ley de Extinción de Dominio, ésta es imprescriptible, es decir, que en cualquier momento la autoridad está facultada para iniciar un procedimiento donde hay un tercero de buena fe.

Ejemplificó el caso de una persona que decide comprar una propiedad sin saber que anteriormente fue utilizada para un hecho ilícito.

“Esta persona debe demostrar su buena fe en la adquisición del bien inmueble, debe existir un contrato ante notario, comprobantes y hasta acreditar el origen legal de los recursos con los que se hizo la transacción. Una vez acreditada la buena fe, si no se hizo una venta anticipada del bien, lo que sigue es que se restituye la propiedad, de lo contrario se entregan los recursos de la venta”, dijo.

Explicó que estos procesos son complicados y podrían demorarse dos años como mínimo para obtener una resolución.

Por otra parte, quienes son propietarios de un inmueble (casa, bodega, terreno, etcétera) y deciden rentarlo a un tercero, también podrían verse afectados si el arrendatario decide usar dicho espacio para un acto ilícito.

“Si la propiedad fue usada como casa de seguridad o para guardar drogas y armas, la autoridad está facultada para iniciar un procedimiento, ya que asume que tanto propietario como quien renta el inmueble tenían conocimiento de los hechos”, dijo.

Esta situación puede terminar siendo un verdadero dolor de cabeza para el dueño, ya que se verá obligado a demostrar la buena fe, además de las causas por las que no estaba enterado del destino que se le dio al bien inmueble, de lo contrario enfrentaría penas que pudieran ir desde el retiro del bien hasta la cárcel, ya que las sanciones pueden ser del tipo penal o civil.

La problemática no sólo puede darse entre particulares, sino en el giro comercial o hasta industrial, por lo que dentro de las recomendaciones destacó incluir cláusulas en los contratos donde se contemple una inspección de los bienes en determinados períodos para ver el uso correcto de las instalaciones, además de incluir bitácoras de control y otros documentos que acrediten al arrendatario como contribuyente, explicó Meraz.

elara@redaccion.diario.com.mx

close
search