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Nacional

Va FGR contra policías municipales por proteger a 'Don Rodo'

Jueces de control federal negaron cuatro veces las órdenes de cateo para ingresar al domicilio del presunto narcotraficante

Abel Barajas / Agencia Reforma

lunes, 29 abril 2024 | 20:21

Especial / Agencia Reforma | FGR anunció que denunciará penalmente a Policía Municipal de Autlán de Navarro, Jalisco, por presunta complicidad con hermano del 'Mencho'

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Ciudad de México.- La Fiscalía General de la República apelará la liberación de Abraham Oseguera Cervantes "Don Rodo", pero también denunciará penalmente la complicidad de la Policía Municipal de Autlán de Navarro, con el hermano del líder del Cártel de Jalisco Nueva Generación (CJNG). 

En un comunicado, la dependencia reveló que jueces de control federal de la Ciudad de México negaron cuatro veces las órdenes de cateo para ingresar al domicilio del presunto narcotraficante, en el municipio jalisciense mencionado, antes de capturarlo.

También cuestionó al juez de control Rogelio León Díaz Villarreal, del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, por ordenar la liberación de Oseguera con base en unos videos "fragmentados, sin secuencia cronológica y sin documentación técnica que les diera credibilidad y certeza".

"En este caso, con tantas conductas judiciales negativas para impedir cateos; dándole credibilidad a cuestionables videos segmentados; más el soslayamiento del Juez a las acusaciones y pruebas por delitos graves; y la presencia ominosa de complicidad y encubrimiento de la policía municipal de Autlán y de sus directivos; todo ello ha generado una evidente conducta judicial y de autoridades diversas que le dieron ventajas indebidas al acusado, en contra de la Representación Social y de las víctimas, (artículo 225, fracción VII del Código Penal Federal); razones por las cuales se presentará de inmediato el recurso de apelación respectivo y las denuncias penales que procedan en contra de autoridades policiacas locales", dijo la FGR.

"Todo lo anterior es una muestra más de los constantes criterios parciales e incongruentes de autoridades judiciales, que no deben quedar al arbitrio de una persona; y sí deben estar estrictamente determinados por la ley, como lo señala el artículo 19 de la Constitución General de la República".

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