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Nacional

Cuestionan diputados a TEPJF por cuota de género

La decisión se dio tras una votación de 4 votos a favor y 2 en contra, por lo que con este ordenamiento una mujer sería la encargada de presidir el INE

Claudia Salazar
Agencia Reforma

viernes, 03 marzo 2023 | 13:05

Agencia Reforma

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Ciudad de México.- Al resistir acatar la sentencia que obliga a la Cámara nombrar a una mujer en la presidencia del Instituto Nacional Electoral (INE), la Junta de Coordinación Política cuestionó a los magistrados electorales si ellos cumplen con la alternancia de género en la presidencia del Tribunal.

La Jucopo envió un paquete de preguntas al Tribunal para aclarar la sentencia de la Sala Superior que instruyó a la Cámara baja cambiar, en la convocatoria de elección de consejeros al INE, la forma en que debe integrarse el quinteto para elegir a la persona que presida al Instituto.

En lugar de una lista mixta de tres mujeres y dos hombres como finalistas, el Tribunal ordenó que sean solo mujeres, al advertir que los diputados fueron omisos en considerar que el órgano siempre ha sido presidido por un varón y ahora debía aplicarse el principio de "alternancia de género".

"¿Cuál es la diferencia que existe entre el principio de alternancia y paridad de género, qué diga si la integración de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación actualmente cumple con la paridad de género?

"¿Quién ocupó la Presidencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación después de que concluyó el periodo de la Presidencia de la Magistrada Janine M. Otálora Malassis?", señalan las preguntas con las que los diputados cuestionan la sentencia del Tribunal.

Los diputados refutan la alternancia de género en el Tribunal, que no enfrenta la misma circunstancia del INE, pues ya ha sido presidido por mujeres, como la actual magistrada Janine Otálora y la exmagistrada Mari Carmen Alanís.

Los diputados cuestionan a los magistrados ¿cuál es el sustento constitucional y legal que determina la alternancia de género para ocupar un cargo público?

"¿Cómo define el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el concepto de 'alternancia de género' y de qué fundamento legal o antecedente desprenden este criterio.

"¿Y en este caso, dicho principio respetaría el criterio de paridad de género descrito en la Constitución?", señalan las preguntas enviadas al Tribunal.

Pidieron que se precise cuál es el fundamento Constitucional y legal que establece el principio de paridad de género.

Enojados porque el Tribunal ha corregido decisiones de la Cámara tomadas por el pleno, al resolver juicios de derechos políticos, también emplazaron a los magistrados a que precisen el fundamento constitucional y legal que faculta al Tribunal a para intervenir de manera directa en las facultades constitucionales exclusivas de la Cámara de Diputados, esto en el proceso de integración del Consejo General del INE.

"En su opinión ¿Qué se debe de hacer con los derechos adquiridos del género masculino y de las personas no binarias que se inscribieron para aspirar a ocupar el cargo de Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, al quedar anuladas sus posibilidades de ocupar el cargo, ya que la resolución del SUP-JDC-74/2023 y Acumulado, obliga a que sea integrada la lista 4 de las quintetas por personas del género femenino?", se cuestiona.

Los diputados preguntaron a los magistrados si su sentencia no resulta discriminatoria la para las personas no binarias, quienes también se inscribieron para aspirar a ocupar el cargo de presidente del INE.

También preguntan a los magistrados si con su sentencia no se están cambiando las reglas del proceso en la etapa para elegir el consejero Presidente del Consejo General del INE, y si no hay una violación a la certeza electoral que debe de imperar en el proceso.

"Se puede estar modificando las bases de la Convocatoria una vez cerrado e iniciada la siguiente etapa del proceso para la Elección de Consejeros del Instituto Nacional Electoral?

"¿Con el principio de alternancia de género se discrimina a los varones y a los no binarios que ya cuentan con derechos adquiridos que concursan para la Presidencia del Consejo General del Instituto Nacional Electoral?", también cuestiona la Jucopo.

Finalmente, los diputados preguntan a los magistrados por qué no contemplaron antes el principio de alternancia en el proceso de elección de Consejeros Electorales del Instituto Nacional Electoral.

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