Nacional

Avalan diputados cambios a ley electoral

Las medidas fueron avaladas por la Comisión de Gobernación y Población de la Cámara de Diputados

Reforma

martes, 02 abril 2019 | 22:34

La Comisión de Gobernación y Población de la Cámara de Diputados aprobó por mayoría el dictamen de reforma a los artículos 456 y 457 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, cuyo objetivo es darle a la autoridad electoral la facultad de sancionar a los servidores públicos que infringen la ley en dicha materia. 

La iniciativa, promovida por el diputado de Morena, Pablo Gómez, establece que actualmente la responsabilidad de aplicar sanciones correctivas y de presentar las quejas o querellas en contra de los servidores públicos que violentan la ley electoral es de su superior jerárquico, lo que ha derivado en impunidad.

"En 2020 se cumplirán 30 años de un sistema en el que los servidores públicos que resultan infractores en materia electoral o que violan de alguna manera las leyes electorales en el ejercicio de su funcionamiento gozan o seguirían gozando de un estatus especial; la autoridad electoral no los puede sancionar, el asunto se turna al superior jerárquico, que generalmente no impone una sanción", indicó el legislador.

El dictamen aprobado adiciona el inciso J al artículo 456. En él se establece que entre las sanciones a las que serán acreedores los servidores que infrinjan la ley electoral se encuentran la amonestación pública y una multa de hasta cinco mil días de salario mínimo.

Tratándose del uso de recursos públicos para la coacción de los votantes, la multa ascenderá a entre 5 mil y 10 mil días de salario mínimo; mientras que la reincidencia será sancionada con el doble.

Además, en el artículo 457 se establece la obligatoriedad de la autoridad electoral de presentar denuncia o querella ante el Ministerio Público en contra del funcionario público infractor a partir de la imposición de la sanción administrativa electoral.

"Se plantea que el artículo 457 sea adicionado mediante, por una parte, con una frase que enfatice que la vista o queja que se presente por parte de la autoridad electoral al superior jerárquico del servidor público infractor se hará con independencia de la sanción que ella misma imponga.

"Por otra parte, con dos palabras adicionadas para que la misma autoridad electoral esté obligada a presentar denuncia o querella ante el Ministerio Público a partir de la imposición de la sanción administrativa electoral", señala.

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