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Nacional

Aplicarán multas millonarias por Ley Alimentaria

Se castigará a productores o distribuidores de alimentos que se nieguen a proveer información sobre los insumos o procesos que utilicen para generar sus productos

Claudia Guerrero / Agencia Reforma

miércoles, 17 abril 2024 | 19:25

Especial / Agencia Reforma | En la nueva ley se imponen multas a establecimientos que otorguen servicios de alimentos o bebidas que no garanticen un estándar mínimo de inocuidad

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Ciudad de México.- El presidente Andrés Manuel López Obrador promulgó este miércoles la nueva Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible, en la que se establecen multas de más de 5 millones de pesos por diversos incumplimientos.

El ordenamiento contempla sanciones de entre 2.4 y 5.4 millones de pesos, además de clausura temporal, definitiva, total o parcial a productores o distribuidores de alimentos que se nieguen a proveer información sobre los insumos o procesos que utilicen para generar sus productos o servicios.

También se castigará con ese rango de multas a los establecimientos que otorguen servicios de alimentos o bebidas que no garanticen un estándar mínimo de inocuidad alimentaria o no ofrezcan agua natural, no embotellada, apta para el consumo humano, sin costo para los consumidores.

Los establecimientos deberán limitar la reutilización de aceites u otras grasas en frituras, de acuerdo con el reglamento que será emitido, así como la disponibilidad de sal, salvo que la requiera el usuario.

Además, estarán obligados a colocar mensajes que promuevan la alimentación saludable tanto en los menús, como en lugares visibles.

Las sanciones aplicarán de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la nueva Ley, donde se declarará "ilegal y por tanto nulo" todo acuerdo o acción combinada entre dos o más agentes de una o varias cadenas productivas o distributivas que busque, por propósito o efecto directo, "evitar la libre concurrencia de nuevos productores o distribuidores en perjuicio del derecho de la población a una alimentación adecuada".

Por otro lado, se contemplan multas de entre 5 mil y 2.17 millones de pesos a quien condicione el suministro de alimentos, con cualquier propósito que no se encuentre justificado en la Ley.

Se considera una infracción que productores y distribuidores de alimentos procesados no adviertan cuando sus productos contengan ingredientes que, de forma directa, provengan del uso de organismos genéticamente modificados, es decir, transgénicos.

De acuerdo con la nueva ley, la Secretaría de Salud sugerirá el contenido de las canastas normativas en los estados, de acuerdo con criterios nutricionales y ambientales, de accesibilidad, asequibilidad y pertinencia cultural.

"Las canastas normativas privilegiarán alimentos que no contengan productos alimenticios con contenido excesivo de calorías, azúcares añadidos, grasas saturadas, sodio y los nutrimentos críticos, ingredientes y los demás que determine la Secretaría de Salud", refiere.

Durante la discusión en el Congreso, los legisladores aseguraron que la nueva ley establece principios y bases para la promoción, protección, respeto y garantía en el ejercicio efectivo de este derecho a la alimentación.

La nueva legislación reglamenta el derecho a la alimentación adecuada establecido en la Constitución y responsabiliza a instancias de salud y educativas de generar entornos adecuados, garantizando el acceso de los menores a agua, alimentos saludables e información.

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