Nacional

Abre Corte juicio a 'muerte civil' de corruptos

Corte resolverá si es constitucional castigo de inhabilitación perpetua a servidores, empresas o particulares que participen en corrupción

Reforma

jueves, 27 junio 2019 | 11:04

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Ciudad de México— La Suprema Corte de Justicia resolverá si es constitucional el castigo de inhabilitación perpetua para funcionarios, empresas o particulares que participen en actos de corrupción al contratar con el Gobierno, también conocida como "muerte civil".

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia admitió hoy a trámite una acción promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que pidió invalidar esta sanción, prevista por primera vez en México luego de una reforma vigente desde mayo en Jalisco.

A nivel federal, el Senado aprobó el pasado 21 de marzo una reforma similar a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y al Código Penal para crear la inhabilitación "definitiva", que aplicaría en casos graves a todos los niveles de gobierno del país, pero está pendiente que la ratifique la Cámara de Diputados.

La Fiscalía General de la República (FGR) también impugnó la reforma de Jalisco, pero el Ministro instructor ordenó a su titular, Alejandro Gertz Manero, "enviar copia certificada de la documentación que lo acredite fehacientemente como Fiscal, antes de resolver sobre la admisión.

En Jalisco, y también en la reforma que pasó el Senado, el veto de por vida para laborar en el Gobierno y recibir contratos públicos puede ser impuesto por vía administrativa, o por los jueces penales que procesen delitos de corrupción, como pena adicional a la prisión.

La CNDH afirmó que la sanción perpetua "constituye una pena desproporcionada, absoluta e inflexible, que no atiende a la gravedad del ilícito, ni permite un margen de apreciación para que los operadores jurídicos lleven a cabo la individualización de la pena", lo que prohíbe el Artículo 22 de la Constitución.

El artículo 144 del Código Penal de Jalisco contempla dos escenarios radicalmente distintos, pues las inhabilitaciones sólo serán de uno a 10 años cuando no haya daño para el erario ni lucro para los servidores públicos involucrados, o cuando éste no exceda de 16 mil 898 pesos, tope que también aparece en la reforma federal.

Si se rebasa este monto, que es menor al de casi todas las compras que hace cualquier gobierno, la inhabilitación sube a un rango de 30 a años a pena perpetua, pero sólo para los funcionarios.

Para las empresas o particulares, en contraste, la reforma de Jalisco impone la inhabilitación perpetua en todos los casos, exista o no exista daño o lucro, lo que para la CNDH es una pena fija, desproporcional, y por tanto inconstitucional.

El Ombudsman Luis Raúl González Pérez también considera que Jalisco invadió atribuciones del Congreso de la Unión, pues en la Ley General vigente, que es de aplicación nacional, se fijaron ocho y 10 años como el tope para inhabilitar a personas físicas y morales, respectivamente.

La demanda de la FGR no es pública, y está por verse si se limita al tema de invasión de competencias del Congreso de la Unión, o también se impugna la sanción por ser fija y excesiva, lo que implicaría que Gertz también demandaría la invalidez de la reforma federal, que los senadores aprobaron por unanimidad.

La Corte no tiene plazo para resolver, y se requerirá el voto de al menos ocho de los 11 ministros para invalidar estas normas.

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