Estado
martes, 17 diciembre 2019 | 13:12
Chihuahua.- Los diputados del Congreso local aprobaron el dictamen de la Ley de Bienes para el Estado de Chihuahua, que tienen como premisa simplificar trámites para los muebles e inmuebles en los municipios de la entidad y del Estado, así como asegurar la protección del patrimonio público.
Fue así que la presidente de la Comisión de Obras, Servicios y Desarrollo Urbano, Rocío González Alonso, presentó la propuesta donde destacó los puntos con el fin de conformar y presentar un nuevo ordenamiento con una visión firme, transparente e integral sobre las acciones relacionadas con el patrimonio de los entes públicos en la entidad.
Es una Ley que responde a las necesidades de la administración pública estatal y municipal, estableciendo mecanismos y procedimientos administrativos ágiles, tendientes a evitar la subutilización de los bienes y dar orden a las acciones de enajenación, uso y aprovechamiento, la cual se sustenta primordialmente en los siguientes propósitos:
Contar con un ordenamiento legal único que agrupe y brinde mayor claridad en sus conceptos, mediante la adopción de criterios uniformes.
Descentralizar funciones y precisar las facultades de los órganos que intervienen en la administración de bienes estatales y municipales.
Regular nuevos procedimientos administrativos y fortalecer los existentes, que permitan al gobierno proteger y preservar su patrimonio.
Simplificar los trámites tanto para la administración de los bienes, así como para su desincorporación del régimen de dominio público y su enajenación.
La nueva Ley de Bienes del Estado de Chihuahua consta de un total de 109 artículos, los cuales se dividen en cinco Títulos, mismos que a su vez se segmentan en diversos Capítulos y Secciones, en los que se aborda el siguiente contenido:
La naturaleza, clasificación y régimen jurídico de los bienes que integran el patrimonio del Estado y de los municipios.
Las normas para regular los actos de administración, conservación, uso, aprovechamiento, destino, enajenación y registro de bienes.
La regulación para los bienes del dominio público y privado, y los procedimientos administrativos de enajenación, asignación y concesión.
Las disposiciones para el destino y valuación de los bienes inmuebles que se adquieran por los entes públicos.
Los actos bajo los cuales se podrán realizar las enajenaciones de inmuebles, así como los procedimientos de reversión y recuperación.
La figura del padrón de la propiedad para la organización, clasificación y registro del patrimonio del Estado y de los municipios.
El Comité del Patrimonio Inmobiliario, como un órgano colegiado encargado de conocer, opinar, analizar, evaluar y dictaminar los actos jurídicos o administrativos correspondientes.
Las sanciones a las que serán acreedores quienes incumplan con las disposiciones de la Ley y los medios de defensa que cuentan los particulares contra los actos o resoluciones administrativas que se dicten.