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Economía

Este proceso te dirá el saldo que tienes en la declaración anual 2022

Abril es el mes en el que las Personas Físicas deben presentarla ante el SAT

Agencia Reforma

martes, 21 marzo 2023 | 12:46

Agencia Reforma

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Monterrey.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición de los contribuyentes un simulador para la presentación de la declaración anual de impuestos para el ejercicio fiscal de 2022.

Recuerde que abril es el mes en el que las Personas Físicas deben presentar su declaración anual de impuestos ante el SAT.

Como el 30 de abril es domingo, la fecha límite se extiende hasta el martes 2 de mayo debido a que el 1 es feriado por la celebración del Día del Trabajo.

En el caso de las personas físicas que están bajo el régimen de Sueldos y Salarios podrán verificar el total de sus ingresos obtenidos en el 2022 y las facturas de sus deducciones personales.

Los requisitos para ingresar al simulador son el RFC del contribuyente, la contraseña o la e-firma.

En el simulador, el contribuyente podrá verificar si las facturas de todas sus deducciones personales están precargadas. En caso de que alguna factura no esté precargada, se podrá hacer de manera manual, nomás verificando que todos los datos estén correctos.

Con los ingresos y deducciones personales precargados, el contribuyente podrá visualizar la determinación del ejercicio, es decir ver si tendrá saldo a favor y solicitar al SAT la devolución.

Para solicitar la devolución automática del saldo a favor, la CLABE y nombre del banco deberán estar precargados y ser la misma de ejercicios anteriores.

En caso de que quiera registrar otro banco y una nueva CLABE no procede la devolución automática del saldo a favor.

Las personas físicas bajo el régimen de Sueldos y Salarios podrán deducir los honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, gastos médicos por incapacidad o discapacidad, primas por seguro de gastos médicos, transporte escolar, donativos, colegiaturas (con el tope correspondiente según el grado escolar), gastos funerarios, intereses reales pagados por créditos hipotecarios, aportaciones voluntarias y complementarias, y depósitos especiales para el ahorro.

El monto máximo a deducir es el 15 por ciento de sus ingresos anuales o 5 UMAs (175 mil 505.40 pesos, lo que sea menor.

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