Opinión

¿Somos los juristas un grupo vulnerable?

Hace unos días fuimos testigos del homicidio del abogado litigante Mario Azael Zamora Garnica...

Olivia Aguirre Bonilla
Académica

viernes, 20 septiembre 2019 | 06:00

Hace unos días fuimos testigos del homicidio del abogado litigante Mario Azael Zamora Garnica, un acto sin duda despreciable y que los que nos dedicamos a la abogacía nos dejó sorprendidos y nos hizo replantearnos la pregunta si ¿los juristas litigantes o quienes ejercen la función judicial nos encontramos en una situación de riesgo real e inminente?

Tan sólo en el estado de Chihuahua 82 abogados han sido asesinados en los últimos 25 años, de los cuales sólo dos casos han sido resueltos por las autoridades estales, como lo indica información publicada en este medio informativo (El Diario 15/09/19).

Los eventos de violencia e inseguridad en nuestro estado, han dejado expuestos a los juristas a violaciones de sus derechos a la vida e integridad personal, incluyendo violencia contra sus familiares, amenazas o intimidaciones, ataques y hostigamiento en represalias por su trabajo.

De allí, que sea indispensable que el Estado tome todas las medidas apropiadas de protección activa al derecho a la vida de los juristas, analizando la situación de riesgo según las circunstancias particulares de cada persona, para que con ello se pueda determinar el tipo de protección que se debe prestar. Dichas obligaciones parten precisamente de los artículos 1 y 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, en ellos se establece la obligación que tienen los Estados de respetar los derechos y las libertades, y garantizar su libre y pleno ejercicio.

Así pues, si estos derechos no estuvieren garantizados por disposiciones legislativas o de otro carácter, los estados deben comprometerse a adoptar las medidas necesarias para hacer afectivos tales derechos y libertades.

Hoy nos enfrentamos a una realidad que refleja la falta de protocolos especializados y la falta de investigación adecuada de crímenes contra los juristas o sus familiares, mucho se debe a que no se reconoce por parte del Estado a los profesionales del derecho como grupo vulnerable en riesgo.

Por ello debemos exigir ese reconocimiento, y en consecuencia esquemas de protección que tomen en cuenta las necesidades específicas tanto de abogadas como abogados, es decir, se debe tomar en consideración el género a la hora de desarrollar protocolos especializados y no con enfoque neutro al género, para que con ello se pueda aumentar la efectividad de las medidas.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en lo que respecta a las medidas de protección para las personas defensoras de derechos humanos, ha señalado que éstas pueden consistir en material de protección como por ejemplo, chalecos antibalas personalizados; garantizar la protección al grupo familiar nuclear cuando sea solicitado; acceso a servicios psicosociales; atención por personal formado en sensibilidad de género; alternativa a la presencia de hombres armados en sus hogares o el uso de acompañamiento que no incluya presencia armada y protección del ambiente de trabajo ya sea a través de cámaras, celulares, identificador de llamada, patrullas policiales y escoltas, entre otras. Medidas de protección que pueden aplicarse de igual manera a favor de los profesionales del derecho.

Por lo anteriormente expuesto, hacemos un llamado a las autoridades para que de manera responsable adopte protocolos especializados y medidas de protección inmediata para quienes lo requieran.

Asimismo, se debe investigar diligentemente los hechos de violencia cometidos en contra de los juristas, pues la mejor forma de protección que tenemos es cuando se hace justicia y los agresores son llamados a rendir cuentas, pues con ello, se envía un claro mensaje de que los actos de violencia en contra de los profesionales del derecho serán debidamente sancionados.

Facebook: Dra. Olivia Aguirre Bonilla

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