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Opinión

La ética en los servidores públicos

El 13 de enero del presente año la Secretaría de la Función Pública sometió a revisión final ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) el nuevo Código de Ética de la Administración Pública Federal

Olivia Aguirre Bonilla
Académica

jueves, 20 enero 2022 | 06:00

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El 13 de enero del presente año la Secretaría de la Función Pública sometió a revisión final ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) el nuevo Código de Ética de la Administración Pública Federal. 

Este nuevo Código, una vez que entre en vigor, abrogará los acuerdos en donde se emite el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Gobierno federal del 5 de febrero de 2019 y el del 11 de marzo de 2020; así como cualquier disposición de índole administrativo que se contraponga al nuevo Código.

Se podrán preguntar qué es lo novedoso de este nuevo Código y por qué si ya se contaba con Código de Ética para los servidores públicos del Gobierno federal era necesario uno nuevo. Digamos que la novedad es que se resalta el compromiso de erradicar la corrupción del sector público como uno de los objetivos centrales del Gobierno de México, es por ello que a través de este Código se pretende crear, mantener y fortalecer normas para el correcto, honorable y adecuado cumplimiento del servicio público con la finalidad de que se logre la confianza en la integridad de las personas servidoras públicas. Y es que más que preservar la confianza de los ciudadanos hacia los servidores públicos, sería recuperar la confianza perdida.

La ética pública es pues un conjunto de principios, valores y reglas de integridad orientados al interés público, conforme a los cuales deben actuar todas las personas adscritas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, sin importar su nivel jerárquico, en aras de aspirar a la excelencia en el servicio público que logre contar con la confianza de la sociedad.

Además, se hace énfasis en los derechos humanos, la igualdad de género, así como a las conductas que violentan la dignidad humana de las personas, como lo es el acoso y hostigamiento sexual, acoso laboral y la discriminación. 

Dentro de los principios del servicio público encontramos como eje fundamental el respeto a los derechos humanos, en donde se establecen una serie de conductas que deben evitarse con la finalidad de promover, respetar, proteger y garantizar la dignidad de todas las personas.

Entre dichas conductas encontramos realizar o tolerar actos de hostigamiento sexual o acoso sexual, con independencia del sexo, identidad o expresión de género, características u orientación sexuales, de las personas involucradas en tales casos. Por lo que deberá evitarse realizar señales sexualmente sugerentes con las manos o a través de los movimientos del cuerpo; expresar comentarios, burlas, piropos o bromas hacia otra persona referentes a la apariencia o a la anatomía con connotación sexual, bien sea presenciales o a través de algún medio de comunicación; preguntar a una persona sobre historias, fantasías o preferencias sexuales o sobre su vida sexual y difundir rumores o cualquier tipo de información sobre la vida sexual de una persona, esas son algunas de las conductas que refiere el nuevo código de ética.

Por otro lado, me gustaría resaltar que, dentro del capítulo referente a los compromisos del servicio público, las personas servidoras públicas están obligadas a implementar de los principios, valores y reglas de integridad previstas en el Código de Ética, incluso fuera del horario y espacio laboral.

Atendiendo a lo anterior, se deja claro que las redes sociales pueden constituir una extensión de las personas en medios electrónicos por lo que se debe mantener un comportamiento acorde con la ética pública y respetuoso de cualquier persona, sin importar su ideología o posicionamiento. Además, si la persona servidora pública decide destinar sus redes sociales para hacer públicas las actividades relacionadas con su empleo, cargo o comisión, se coloca en un nivel de publicidad y escrutinio más estricto y por tanto debe abstenerse de restringir o bloquear la interacción de su cuenta con personas determinadas. Quizá mucho tuvo que ver lo que pasó con Santiago Nieto, para que se hicieran esas precisiones.

Esperemos que los servidores públicos realmente se comprometan con los principios, valores y reglas de integridad que señala el Código, pero que sobre todo realicen una reflexión ética sobre la función pública que desempeñan.

Facebook: Dra. Olivia Aguirre Bonilla

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