Opinión

El buen morir

El caso del francés Vincent Lambert dividió a su familia pero también a la sociedad francesa

Jesús Antonio Camarillo
Académico

sábado, 20 julio 2019 | 06:00

El caso del francés Vincent Lambert dividió a su familia pero también a la sociedad francesa y tocó de nuevo la sensible cuerda del viejo debate sobre la eutanasia y la muerte digna. Convertido en un símbolo global sobre la discusión, Lambert, en estado vegetativo desde hace once años, fue desconectado de los tubos de alimentación que lo mantenían con vida luego de un tortuoso camino de procesos judiciales. Su entorno familiar más cercano puede verse como el modelo de una disputa de alcances universales. Por mucho tiempo su esposa pidiendo que lo desconectaran; sus padres, en cambio, luchando para que la vida de su hijo se mantuviera. Finalmente, el máximo tribunal francés permitió que le quitaran el paliativo que lo alimentaba. Nueve días después, el jueves 11 de julio, Vincent Lambert falleció.

Las encrucijadas éticas del caso Lambert suelen parecer lejanas a muchas personas. Como observadores externos no reparamos ni reflexionamos sobre las implicaciones morales y jurídicas que envuelve la noción del “buen morir”. En el terreno de la realidad más cercana, en cambio, cientos de pacientes, sus familiares y los profesionales de la medicina de Ciudad Juárez y de todo México se ven inmersos en laberintos éticos a los cuales es preciso encontrarles una salida. Al respecto, la legislación mexicana sigue siendo por demás ambigua. Quizá un avance, aunque sea precario, sea la aprobación que recientemente realizó el Senado para modificar el artículo 4 de la Constitución con el objetivo de introducir la “muerte digna”. Recordemos que ahora el proyecto tendrá que pasar a la Cámara de Diputados y además ser aprobado por la mayoría de las legislaturas de las entidades federativas.

Al respecto y quizá con el fin de no despertar los vituperios y consignas de los grupos más conservadores del país, algunos de los legisladores comprometidos con tal reforma han insistido en que no se trata de una medida legal que posibilite la eutanasia y han tratado de establecer la diferencia entre esta y la figura que se pretende incorporar, fijando a la muerte digna contornos, en apariencia específicos, que tienen que ver con un cuidado integral del enfermo en fase terminal. “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud en condiciones de dignidad… y el acceso a los servicios de salud, incluyendo cuidados paliativos multidisciplinarios ante enfermedades en situación terminal”.

La médula de la reforma es auspiciar las condiciones necesarias para evitar el sufrimiento y el dolor en una fase final que el paciente tiene derecho a vivir dignamente. En ese sentido, la noción de la muerte digna o buena muerte no tiene una conexión necesaria con “muerte rápida” o “anticipada”, sino con la convergencia de todos los mecanismos científicos y tecnológicos que coadyuven a conservar la dignidad de la persona, su autonomía y los valores que el propio sujeto haya entronizado.

Sin embargo, aunque no exista una vinculación necesaria entre unas y otras figuras, incluida la eutanasia, es innegable que los contornos de la concepción  de la “muerte digna” no son rígidos. Eventualmente, morir dignamente, sin sufrimiento y dolor, implica en muchas ocasiones acciones de omisión que deben ser privilegiadas en casos concretos, es decir, evitar tratamientos excesivos que muchas de las veces lo único que logran es ampliar el sufrimiento del paciente.

Uno de los antecedentes de la pretendida reforma es lo dispuesto en la Constitución de la Ciudad de México. La muerte digna es considerada ahí como parte del derecho a vivir dignamente, en el entorno de la autodeterminación personal y el libre desarrollo de la personalidad. Calificada en su momento como carente de constitucionalidad por la entonces PGR, que consideró que conduciría a la eutanasia y el suicidio asistido, la norma fue revisada por la Suprema Corte de Justicia. El máximo tribunal desestimó los argumentos y reafirmó la idea de que la vida digna contiene implícitamente el derecho a una muerte digna.

Sin embargo, la controversia no está zanjada. La reforma sobre la muerte digna corre ya por los cauces legislativos pero deja un hálito de tibieza y posiblemente encuentre problemas de eficacia, pues hablar de paliativos para buen morir implica la existencia de una infraestructura hasta hoy prácticamente inexistente y una cultura sobre la muerte que trasciende la coyuntura individual.

Si a eso le adherimos el comportamiento dogmático de grandes sectores de la población que todavía piensan que el sufrimiento en la enfermedad nos engrandece y nos lleva por los caminos insondables del paraíso, el resultado es sombrío.

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