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Opinión

Cuando la justicia no llega

En tiempos de pandemia la justicia ha sido aplazada en demasía, si antes de la pandemia un proceso judicial era tardado, ahora los tiempos son los dobles y lamentablemente quienes se ven más afectados son las víctimas

Olivia Aguirre Bonilla
Académica

jueves, 22 julio 2021 | 06:00

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En tiempos de pandemia la justicia ha sido aplazada en demasía, si antes de la pandemia un proceso judicial era tardado, ahora los tiempos son los dobles y lamentablemente quienes se ven más afectados son las víctimas.

Así por citar un ejemplo, tenemos el caso de María quien presentó una denuncia en la Fiscalía desde diciembre de 2020 en contra del padre de su hijo por el incumplimiento de la obligación alimentaria, a quien le decretaron pensión alimenticia a favor de su hijo desde el 2019 en un juzgado familiar, pensión que nunca pago. María decidió irse por la vía penal porque creyó que era más factible que el padre de su hijo cumpliera con el pago de la pensión toda vez que el incumplimiento de esta constituye un delito que lleva consigo una pena que va desde los seis meses a cuatro años de prisión y de 50 a 400 días multa, además se le condena al pago como reparación del daño de las cantidades no suministradas oportunamente y se puede decretar suspensión hasta por un año de los derechos de familia. 

Sin embargo, la primera traba que se enfrenta María al llegar a la Fiscalía es que para interponer la denuncia tuvo que esperar por más de tres horas en la Unidad Especializada de Investigación de Violencia Familiar y Delitos que atentan contra el cumplimiento de la obligación alimentaria, porque según refirieron en la Unidad tenían poco personal. Posteriormente para la integración de la carpeta de investigación le piden presentar dos testigos y todos los documentos probatorios que pudieran acreditar el incumplimiento del obligado. 

María cumplió en tiempo a las solicitudes realizadas por el Ministerio Público, sin quedar pendiente recabar documentación alguna, incluso acudió innumerables veces para preguntar sobre los avances de la carpeta, además promovió por escrito varias veces solicitando que se judicializara la carpeta de investigación toda vez que se trata de alimentos para su hijo menor, los cuales son de carácter urgente porque afecta la supervivencia de quien los requiere, inclusive es un asunto de orden público.  

A la fecha, han pasado siete meses sin que el Ministerio Público pueda judicializar la carpeta, dicha situación lo que ha ocasionado es que el menor no pueda recibir alimentos y trae consigo una victimización secundaria por parte de la institución quien se supone tiene la obligación de realizar una investigación pronta y eficaz que lleve al enjuiciamiento del responsable y se pueda lograr una reparación integral.

Resulta claro que la víctima directa es el menor quien se encuentra sufriendo un daño a consecuencia del incumplimiento de la pensión alimenticia que debe dar su padre, la señora María resulta ser víctima indirecta pues se encuentra bajo su cuidado la víctima directa. Por tanto, la afectación se causa a ambos.

Y es que en este caso se observan varios principios violentados a las víctimas, uno de ellos es la debida diligencia la cual tiene como fin que la autoridad realice todas las actuaciones necesarias dentro de un tiempo razonable para lograr el acceso a la justicia y a la reparación integral, además el Estado está obligado a remover los obstáculos que impidan el acceso real y efectivo de las víctimas a la justicia. El otro principio violentado es el interés superior de la niñez, el cual debe ser considerado para evaluar y ponderar las posibles repercusiones a fin de salvaguardar el interés superior del menor y sus garantías procesales.

La pregunta que se sigue haciendo María es ¿cuánto es un tiempo razonable para lograr acceder a la justicia? Sin duda la autoridad ha sido omisa en dar cumplimiento al principio de la debida diligencia.

La Fiscalía General del Estado, tiene la obligación de replantearse de manera urgente qué puede y debe hacer para reducir sus plazos en la integración y judicialización de carpetas de investigación, pues de lo contrario no se podrá garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de las víctimas.

Facebook: Dra. Olivia Aguirre Bonilla

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