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Nacional

Ven insuficiente fallo de Corte sobre portación de mariguana

México Unido Contra la Delincuencia consideró que los ministros debieron haber eliminado el delito y no solo ampliado la cantidad permitida

Rolando Herrera / Agencia Reforma

miércoles, 11 mayo 2022 | 20:03

Héctor García / Agencia Reforma | OSC señaló que fallo de la Corte para no castigar portación de más de 5 gramos de mariguana es insuficiente, pues no elimina el tipo penal

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Ciudad de México.— México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), quien litigó el amparo que este miércoles resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la posesión de mariguana, consideró que los ministros debieron haber eliminado el delito y no solo ampliado la cantidad permitida.

Al seguir existiendo el tipo penal, señaló la OSC, se continuará acusando a los consumidores por ejercer el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

"Desde @MUCD, lamentamos que la @SCJN haya aprobado este proyecto. Resulta contradictorio que a pesar de que el proyecto tenga todos los argumentos para terminar con este delito la Corte opte por perpetuar la criminalización de los consumidores", indicó en su cuenta de Twitter.

Por tres votos contra dos, la Primera Sala de la Corte declaró inconstitucional una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud (LGS), que desde 2009 solo permite la posesión de menos de cinco gramos para consumo personal, pero castiga con diez meses a tres años de cárcel si excede esa cantidad.

La mayoría estableció que fiscales y jueces son quienes deben aclarar si la droga es para consumo personal, sin importar la cantidad, hasta llegar a cinco kilos. Si es para autoconsumo, la persona no debe ser acusada penalmente. Si excede cinco kilos, en automático se clasifica como delito de narcotráfico.

MUCD llevó la defensa jurídica de Edgar Díaz Sánchez, detenido en 2018 por la Policía de la Ciudad de México en posesión de 30.6 gramos de cannabis y quien fue vinculado a proceso por el delito de posesión simple.

El proyecto presentado por el Ministro Juan Luis González Alcántara, consideró la OCS, reconoce que el delito de posesión es violatorio del derecho al libre desarrollo de la personalidad y que esta conducta no afecta la salud pública, sin embargo, no llega a la conclusión lógica, que es eliminar dicho tipo penal.

"El proyecto fue aprobado con sólo tres votos, por lo que no será vinculante para los demás jueces.

"Al permanecer el delito de posesión simple, las y los ministros de la primera sala han aceptado que continúen las detenciones arbitrarias y la extorsión por parte de las autoridades, así como la contradicción de poder consumir sin poder tener", señaló.

El amparo en revisión 585/2020, explicó, fue presentado por México Unido Contra la Delincuencia bajo el argumento que la posición de cannabis es una conducta necesaria para el ejercicio de un derecho ya reconocido por la SCJN, por lo que su penalización resulta absurda.

"Nosotros seguiremos trabajando por proteger los derechos de las personas consumidoras y la ciudadanía. Estamos seguros que un México más seguro y en paz necesita la descriminalización de las drogas", indicó.

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