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Nacional

Un reto: regular la propaganda

Las elecciones del 2021 se enfrentan a una serie de retos para que las contiendas transcurran en equidad

Guadalupe Irízar
Agencia Reforma

domingo, 24 enero 2021 | 07:35

Archivo Reforma

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Ciudad de México.-   La propaganda gubernamental en las campañas electorales está prohibida para servidores públicos federales, estatales y municipales tanto en la Constitución de la República como en diferentes leyes y reglamentos.

Las elecciones del 2021 se enfrentan a una serie de retos para que las contiendas transcurran en equidad y los funcionarios públicos de todos los niveles eviten intervenir en ellas.

La prohibición expresa está en los artículos 41 y 134 de la Constitución, en donde se establece la obligación de suspender difusión de toda propaganda gubernamental por parte de todos los poderes y se obliga a los funcionarios públicos a manejar los recursos públicos con imparcialidad y sin propaganda personalizada.

"Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales, como de las entidades federativas, así como de los Municipios, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y cualquier otro ente público", señala el artículo 41 constitucional.

Se exceptúa de esta obligación a las campañas de información de las autoridades electorales, así como las vinculadas con educación, salud o protección civil.

Por su parte, el articulo 134 constitucional, que ha sido invocada en innumerables ocasiones por los paridos políticos, especifica en los párrafos 7, 8 y 9, la obligación de los servidores públicos de conducirse con imparcialidad y sin usar recursos públicos a su favor.

"Los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos", señala el 134 constitucional.

Estas prohibiciones expresas se han replicado en varios artículos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) y en la Ley General de Comunicación Social, aprobada esta última el 11 de mayo de 2018 para reglamentar el artículo 134.

"Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales, y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión de toda Campaña de Comunicación Social en los Medios de Comunicación", señala el artículo 21 de esa ley.

A estos ordenamientos vigentes, se suman acuerdos del Instituto Nacional Electoral (INE) y criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para prohibir la propaganda gubernamental.

El marco legal formal incluso se amplió en 2019, al aprobarse, ya en la actual Legislatura, con una adición al artículo 19 constitucional para considerar delito grave el uso electoral de programas públicos y posibilitar una prisión preventiva oficiosa.

"El juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de () uso de programas sociales con fines electorales", señala el artículo 19 constitucional.

Pero si bien la prohibición está en la Carta Magna, leyes secundarias, leyes electorales y leyes de comunicación social, el cumplimiento de lo ahí ordenado se enfrenta a una realidad en donde las interpretaciones jurídicas tienen un papel fundamental.

El debate sobre las mañaneras

En estas elecciones de 2021, el tema de las conferencias matutinas del Presidente Andrés Manuel López Obrador, las famosas mañaneras, está en el centro del debate.

Y en la interpretación de ese ejercicio de información, han chocado las visiones del INE y del Tribunal Electoral .  

Temas vinculados a la libertad de expresión, derecho a la información, información oficial, propaganda gubernamental, uso de recursos públicos, medios de comunicación y redes sociales, se entrelazan a la hora de emitir medidas cautelares, acuerdos y sanciones,

El marco legal vigente limita la actuación de servidores públicos federales, estatales y municipales, y prohíbe hacer propaganda gubernamental durante las campañas.

Esta prohibición abarca también a la Presidencia de la República.

Sin coincidencia

Mientras el Instituto Nacional Electoral (INE) considera a las mañaneras como propaganda gubernamental y emite medidas cautelares, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y su sala regional especializada en diferentes sentencias, ha validado esos eventos, por considerarlas conferencias de prensa al amparo de la libertad de expresión y del derecho a la información de los ciudadanos.

La Oposición -el PAN, el PRD y el PRI-, aunque también algunos ciudadanos, ha peleado durante más de dos años la suspensión de transmisión sin éxito.

Los argumentos de los opositores son recurrentes: presunta propaganda gubernamental y promoción personalizada, así como presunto uso indebido de recursos públicos y violación a los principios de imparcialidad y equidad en las contiendas electorales.

Y los argumentos del TEPJF también son reiterados: conferencia de prensa al amparo de la libertad de expresión y del derecho a la información de los ciudadanos.

Estos criterios del Tribunal se pueden ver en diversas sentencias de 2019 y 2020, incluso las más recientes de diciembre último en donde la sala especializada rechazó que violara la ley las referencias de AMLO a la alianza opositora.

En mayo de 2019, el INE ordenó a la Presidencia de la República que se suspendiera la transmisión de las mañaneras durante los días anteriores a la jornada electoral del 2 de junio de ese año, en seis entidades de la República : Aguascalientes, Durango, Quintana Roo, Tamaulipas, Puebla y Baja California.

"Estoy de acuerdo que no se transmitan las conferencias en donde hay elecciones() Sí, sí, no hay ningún problema que se suspenda.¿Por qué? Porque se puede informar de otra manera, no yo", contestó AMLO en aquel momento.

Y efectivamente, la transmisión por canales y sitios oficiales del Gobierno en internet suspendió la transmisión. Lo mismo hicieron los medios de comunicación privados.

Pero fue un festín de los youtubers y usuarios de redes sociales, sin reglamentación hasta ahora. Un problema sin resolver.

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