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Nacional

Somete Suprema Corte a Infonavit a revisiones de Auditoría Superior

Por tres votos contra dos, la Segunda Sala de la Corte negó uno de varios amparos promovidos por el órgano de vivienda a finales de 2018

Víctor Fuentes
Agencia Reforma

miércoles, 09 septiembre 2020 | 12:48

Archivo / Agencia Reforma

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Ciudad de México— La Suprema Corte de Justicia aclaró hoy que el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) sí está sujeto a fiscalización por parte de la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

Por tres votos contra dos, la Segunda Sala de la Corte negó uno de varios amparos promovidos por el órgano de vivienda a finales de 2018 y principios de 2019, para bloquear auditorías sobre gestión financiera, control interno y desempeño, entre otras anunciadas por la ASF.

El Infonavit alegaba que no forma parte de la Administración Pública Federal, y que no maneja recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), sino que administra aportaciones privadas de los trabajadores para vivienda, por lo que no tendría porque someterse a vigilancia de la ASF, sino, en todo caso, solo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

La Corte, sin embargo, resolvió hoy que el Infonavit sí forma parte de la administración pública, en calidad de órgano descentralizado no sectorizado, y que los recursos que administra, si bien son de los trabajadores, no pueden ser manejados libremente como haría cualquier banco, sino que solo pueden ser entregados para financiar vivienda bajo ciertos requisitos legales.

"Con independencia de la naturaleza alegada por el instituto recurrente, también existen criterios que señalan que la ASF cuenta con atribuciones constitucionales y legales para revisar, auditar, fiscalizar, investigar y requerir información a cualquier persona pública o privada, relacionada con el manejo de los recursos públicos", afirmó la Corte.

"Las contribuciones destinadas a la seguridad social en su vertiente de vivienda, evidentemente constituyen recursos públicos", agregó.

El caso fue discutido por la Sala durante varias sesiones, y los ministros Fernando Franco y Javier Laynez votaron en contra del proyecto de su colega Yasmín Esquivel.

En primera instancia, el juez federal Juan Pablo Gómez Fierro había concedido uno de los amparos al Infonavit, por considerar que las aportaciones de los trabajadores no son recursos públicos, ni provienen del PEF.

Con el criterio aprobado hoy por la Corte, todos los amparos serán negados, y una vez que termine el trámite de los juicios, quedarán sin efecto las suspensiones definitivas que han impedido a la ASF realizar las auditorías.

En 2003, cuando iniciaba la aplicación de la Ley Federal de Transparencia, el Infonavit también alegó que no maneja recursos públicos y por tanto no tenía que someterse a órdenes del Instituto Federal de Transparencia y Acceso a la Información (IFAI), lo que obligó a reformas legales para aclarar el tema.

El Infonavit es la cuarta entidad financiera más grande del país, solo abajo de los grupos BBVA, Citibanamex y Banorte, y en 2019 reportó ingresos de 174 mil millones de pesos, con utilidad neta de 24 mil 923 millones.

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