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Nacional

Revocación, segura e inaplazable: INE

El Instituto aprobó el informe de firmas para la consulta ciudadana

Agencias

sábado, 22 enero 2022 | 22:30

Agencias

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Ciudad de México.— Por unanimidad, la Comisión del Registro Federal de Electores del INE aprobó el informe de las firmas que da validez a la solicitud de la revocación de mandato.

Con un corte al 19 de enero, se reportaron 3 millones 27 mil 845 registros válidos que corresponden al 3.29 % de la Lista Nominal, publicó Excélsior.

Este informe preliminar sobre el proceso de verificación del porcentaje de firmas de apoyo de la ciudadanía requeridas para la revocación de mandato y su identificación en la Lista Nominal de Electores cierra una fase clave para continuar con el proceso.

El consejero Ciro Murayama, al frente de esta comisión, sostuvo que a partir de ahora, este ejercicio de democracia directa pasó de ser una posibilidad a “un hecho cierto de realización segura e inaplazable”.

Una vez que se verificó la legalidad del 100% de las firmas requeridas, el INE se prepara a organizar esta revocación.

"El próximo 10 de abril se llevará a cabo la jornada de revocación de mandato en todo el país y el INE va a cumplir con su obligación constitucional de acercar casillas a la ciudadanía para que puedan participar”, expuso Murayama Rendón.

Los consejeros Uuc-kib Espadas y Carla Humphry plantearon la necesidad de revisar en la siguiente reunión del pleno alternativas sobre la revisión de las firmas restantes, a fin de evitar gastos.

El personal que se requirió adicionalmente para esta tarea termina su contrato al finalizar este mes, por lo que ampliarlo requeriría de un gasto de 6 millones de pesos.

Ciro Murayama consideró necesario revisar opciones que concilien la responsabilidad de darle certeza al ejercicio de los ciudadanos que participaron en la solicitud de la revocación y “la situación deficitaria” que en términos presupuestales afronta el INE.

El informe plantea que el número de apoyos recibidos para la Revocación de Mandato es superior al 3% establecido en el artículo 35, fracción IX, numeral 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 7 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, tanto respecto a la totalidad de la Lista Nominal de Electores a nivel nacional, como respecto a las 17 entidades federativas que deberían cumplir.

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