Nacional

Publican reforma de prisión preventiva

El decreto establece seis criterios para evaluar si se mantendrá la prisión preventiva, que de hecho, será una evaluación global del sistema penal acusatorio

Reforma

viernes, 12 abril 2019 | 17:10

La reforma constitucional para agregar delitos que ameritan prisión preventiva forzosa fue publicada hoy, por lo que mañana empezará a correr el plazo de cinco años para evaluar si esa figura se seguirá aplicando en México.

El Diario Oficial publicó el decreto que reforma el Artículo 19 de la Constitución, por el cual no tendrán derecho a libertad provisional los acusados de robo a casa habitación, robo de hidrocarburos, robo a autotransporte, feminicidio y portación de armas prohibidas.

Así como los señalados por abuso sexual a menores, enriquecimiento ilícito, ejercicio abusivo de funciones de servidores públicos, desaparición cometida por particulares y uso de programas sociales para fines electorales.

Con ello, la Constitución ya contiene un catálogo de 17 delitos graves o de prisión preventiva oficiosa, lo que prácticamente es un retorno al régimen que existía antes de la reforma de 2008 que estableció el sistema penal acusatorio, con la diferencia de que ahora estos delitos están en la Carta Magna, no en los códigos de procedimientos penales.

La aplicación de esta reforma repoblará las cárceles del País, pues en años recientes, miles de acusados por crímenes cotidianos como robos o portación de armas de uso exclusivo del Ejército rutinariamente salían libres bajo fianza.

Sin embargo, el artículo cuarto transitorio de la reforma publicada hoy, ordena: "La prisión preventiva oficiosa, deberá evaluarse para determinar la continuidad de su aplicación, a partir de los cinco años cumplidos de la vigencia del presente decreto".

En otros países, la prisión preventiva oficiosa no existe o es excepcional, ya que prevalece el criterio del juez para resolver si una persona debe estar en prisión mientras se le juzga.

El decreto establece seis criterios para evaluar si se mantendrá la prisión preventiva, que de hecho, será una evaluación global del sistema penal acusatorio, que para 2024 ya tendrá ocho años de aplicación plena en todo el País.

Los criterios son desempeño eficaz de las Unidades Estatales de Supervisión a Medidas Cautelares; eficacia de las medidas cautelares aplicadas, y creación y desempeño de instancias de atención integral de víctimas.

Además, implementación de sistemas de información criminal y de judicialización, resultado de la aplicación de mecanismos alternativos de solución de controversias, y avances en la capacitación de los operadores de los poderes judiciales, fiscales, policías y peritos.

"Se deberá evaluar conforme a los criterios del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la eficacia de la prisión preventiva, y la eficiencia del sistema penal acusatorio, mediante informes emitidos, por el Gobierno federal y los gobiernos de las entidades federativas, tomando en cuenta a los poderes judiciales, fiscalías y organismo de derechos humanos", ordena la reforma constitucional.

A la cárcel

Delitos que no permiten libertad provisional:

De 2008 a 2019: Violación, homicidio doloso, delincuencia organizada, secuestro, trata de personas, y los cometidos con uso de armas o explosivos

De 2019 en adelante, con evaluación en 2024:

Los anteriores más: Robo a casa habitación**, robo de hidrocarburos, robo a autotransporte, feminicidio, portación de armas prohibidas, abuso sexual a menores, enriquecimiento ilícito*, ejercicio abusivo de funciones de servidores públicos*, desaparición cometida por particulares y uso de programas sociales para fines electorales*.

*Nunca habían sido considerados graves

**Sólo había sido considerado grave en algunos estados, por montos elevados

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