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Nacional

Publican en DOF reforma de la Guardia Nacional

De acuerdo con los artículos transitorios, a partir de mañana serán vigentes las modificaciones

Rolando Herrera / Agencia Reforma

viernes, 09 septiembre 2022 | 22:52

Óscar Mireles / Agencia Reforma | Antes de la reforma la Guardia Nacional estaba adscrita a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana

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Ciudad de México.— En una edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó la reforma por la que la Guardia Nacional será transferida a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

De acuerdo con los artículos transitorios, a partir de mañana serán vigentes las modificaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Ley de la Guardia Nacional; Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en Materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública.

Esta reforma además de adscribir la Guardia Nacional a la Sedena, homologa los grados entre la corporación y el Ejército, y establece una organización complementaria entre una y otra institución en su despliegue a nivel nacional.

"A la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional le corresponden las facultades siguientes: I. Ejercer el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, en el marco de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, y cuando la persona titular del Ejecutivo Federal disponga de su intervención para el auxilio de la Fuerza Armada permanente en el ejercicio de sus misiones", establece el artículo 13 Bis de la Ley de la Guardia Nacional.

El secretario de la Defensa, además, será el encargado de expedir los manuales de organización, de procedimientos y de servicio al público de la Guardia Nacional; elaborar los programas operativos y estrategias de la Guardia Nacional; autorizar los planes y programas de operación.

También, organizar la distribución territorial de la Guardia Nacional; proponer adecuaciones a la estructura orgánica de la Guardia Nacional, y las demás establecidas en esta Ley y otras disposiciones jurídicas aplicables.

Hasta antes de esta reforma, la Guardia Nacional estaba adscrita a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y formalmente su mando dependía de la titular de dicha dependencia.

En el nuevo marco legal, la SSPC solo conserva como facultades: formular la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, en lo aplicable a la Guardia Nacional, en colaboración con la Secretaría de la Defensa Nacional; expedir el nombramiento del personal de la Guardia Nacional en los cargos administrativos; formular las políticas, programas y acciones que se deriven de la Estrategia Nacional de Seguridad.

Así como proponer al presidente el informe anual de las actividades de la Guardia Nacional; y nombrar a las personas titulares de las Coordinaciones Territoriales, Estatales y de las Unidades especiales, a propuesta de la persona titular de la Comandancia.

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