PUBLICIDAD

Nacional

Proponen avalar acuerdo de AMLO sobre Ejército en calles

El caso está en la Sala y no en el Pleno de la Corte, porque se trata de un mero Acuerdo administrativo, no de una ley

Víctor Fuentes
Agencia Reforma

martes, 23 noviembre 2021 | 14:31

Archivo/ Agencia Reforma

PUBLICIDAD

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia empezará a discutir mañana un proyecto que declara la validez del Acuerdo Presidencial de mayo de 2020 por el cual las Fuerzas Armadas seguirán realizando labores directas de seguridad pública por lo menos hasta marzo de 2024.

La ministra Margarita Ríos-Farjat propuso a la Primera Sala de la Corte declarar infundada la controversia constitucional que la panista Laura Rojas, entonces Presidenta de la Cámara de Diputados, promovió para impugnar el Acuerdo, publicado el 11 de mayo de 2020.

El caso está en la Sala y no en el Pleno de la Corte, porque se trata de un mero Acuerdo administrativo, no de una ley.

El proyecto concluye que el Ejecutivo sí tenía facultades para emitir el Acuerdo y no invadió atribuciones del Legislativo, pero no se pronuncia sobre otros temas como posibles violaciones a derechos humanos por la militarización de la seguridad pública, pues se trata de una conflicto competencial ente Poderes, no de un amparo.

Es probable que el asunto no sea votado mañana y, si el expediente es enviado al Pleno, será discutido hasta 2022 sin tener alguna fecha para ello.

La Corte también tiene pendientes controversias de los Gobiernos de Michoacán y Colima contra este Acuerdo, que son menos relevantes, porque las eventuales sentencias sólo tendrían efectos en los respectivos territorios.

La Sala revisará este proyecto sólo dos días después de que un tribunal colegiado de circuito confirmó, en definitiva, un amparo que declara inconstitucional el Acuerdo, pero que aparentemente no lo invalida, sino que sólo tiene efectos en favor de México Unido contra la Delincuencia (MUD), la asociación civil quejosa.

El Ejecutivo expidió el Acuerdo en uso de una facultad que le confirió la reforma Constitucional de 2019 por la que se creó la Guardia Nacional (GN), cuerpo en teoría civil y adscrito a la Secretaría de Seguridad Pública y Ciudadana (SSPC), pero que está integrado en su mayoría por militares, y que desde octubre de 2020 está bajo control operativo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

El Acuerdo justificó que la ayuda de Ejército y Marina para combatir a la delincuencia era necesaria, precisamente, para dar tiempo a la consolidación de la GN, que asumió las funciones que durante dos décadas correspondieron a la Policía Federal.

Apenas este lunes, el Vigésimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa notificó el fallo en el que confirmó, de manera inapelable, el amparo otorgado a MUD en octubre de 2020 por el Juez Martín Santos Pérez. Hasta este martes, el tribunal no ha publicado su resolución completa.

En la sentencia que confirmó el colegiado, el Juez Santos afirmó que el Acuerdo violó el transitorio de la reforma constitucional, en el que se permitió seguir usando a las Fuerzas Armadas en seguridad pública, pero de manera "extraordinaria, regulada, fiscalizada subordinada y complementaria" a la GN.

Según el amparo, no se cumplió ningún requisito, pues se dejó a los militares a cargo de la seguridad de manera permanente y ordinaria sin estar subordinados a las autoridades civiles, sin regulación detallada y amplia, y sin que se prevean mecanismos de fiscalización para cumplir estándares de protección a los derechos humanos.

Para el Juez, y ahora para el tribunal colegiado, el Acuerdo prácticamente creó una nueva dependencia de seguridad pública; no obstante, que ninguna ley faculta al Ejército o Marina para estas funciones.

"No existe, legislación formal y material alguna en la que se dote de facultades y competencia a las Fuerzas Armadas para intervenir en cuestiones que atañen a la seguridad pública", explicó.

PUBLICIDAD

ENLACES PATROCINADOS

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

close
search