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Nacional

Perfilan veto de cargos públicos a deudores de pensión

El proyecto será discutido la próxima semana por la SCJN

Víctor Fuentes / Agencia Reforma

sábado, 14 enero 2023 | 14:14

Especial / Agencia Reforma | SCJN anuló reforma electoral de Coahuila

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Ciudad de México.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá la próxima semana un proyecto que, por primera vez, avala el requisito de no tener deudas vencidas por pensiones alimentarias para acceder a cargos públicos.

El ministro Alberto Pérez Dayan propuso al Pleno de la Corte declarar Constitucional la reforma de junio pasado a varias leyes de Yucatán, en la que se estableció el requisito de "no ser deudor alimentario moroso" para múltiples cargos, tanto de elección popular como de designación.

La gran mayoría de los deudores alimentarios son hombres divorciados, que tienen la obligación de pagar pensiones a sus exesposas que se dedicaron al hogar, así como seguir manteniendo a sus hijos menores de edad, o que realizan estudios profesionales.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pidió a la Corte invalidar la reforma, por considerar que este requisito viola los derechos a la igualdad y no discriminación, de acceso a un cargo público, de libertad de trabajo y a ser votado.

"Es notable la ausencia de un examen de relación entre las funciones que desempeñan los puestos públicos involucrados y mucho menos para las candidaturas independientes, con el incumplimiento de las obligaciones en materia familiar, que permita concluir que las funciones guardan relación con el incumplimiento de esas obligaciones en la medida en que resulte válida dicha exclusión", afirmó en su demanda la presidenta de la CNDH, Rosario Piedra Ibarra.

Esta postura generó severas críticas de organizaciones civiles y activistas contra la ombudsperson, que en agosto tuvo que salir a defenderse, y sostuvo que inhabilitar a deudores alimentarios morosos para que accedan a un cargo público, es contraproducente, pues impide que obtenga recursos para cumplir sus obligaciones.

La reforma de Yucatán fue notable por la amplitud de los cargos que abarca, y porque basta con estar atrasado en el pago de pensiones para que aplique la inhabilitación, es decir, no tiene que existir alguna acusación penal por delitos de incumplimiento de obligaciones alimentarias.

Varios estados ya prevén los cargos penales de este tipo, así como acusaciones por violencia contra las mujeres o familiar, como impedimento para puestos de elección popular.

En Yucatán, un deudor alimentario moroso ya no puede aspirar a ser titular de las 16 secretarías del Gobierno estatal, ni a dirigir algún órgano descentralizado o paraestatal, ni a ser candidato independiente o a un puesto de elección, ni titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

En dicha entidad, es considerado como moroso el deudor que deja de pagar la pensión respectiva durante más de noventa días, existiendo orden judicial para que lo haga.

Para invalidar la reforma, será necesario el voto de al menos ocho de los once ministros, lo que parece difícil ante los criterios de perspectiva de género que actualmente se aplican de manera automática para resolver.

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