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Perfila SCJN aval a impuestos verdes en estados

Por primera vez las entidades sí pueden crear impuestos para gravar actividades que dañan o pueden dañar al medio ambiente

Reforma

jueves, 31 enero 2019 | 16:06

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Ciudad de México— La Suprema Corte de Justicia establecerá, por primera vez, que las entidades sí pueden crear impuestos para gravar actividades que dañan o pueden dañar al medio ambiente. 

Siete de los once Ministros de la Corte se pronunciaron hoy por reconocer que el Estado de Zacatecas sí podía crear impuestos de este tipo, vigentes desde 2017, que han generado decenas de amparos de industrias de esa entidad, sobre todo mineras.

La reforma a la Ley de Hacienda estatal fue impugnada ante la Corte por la Administración de Enrique Peña Nieto, alegando que viola atribuciones exclusivas de la Federación en materia ambiental y tributaria.

El Pleno de la Corte inició hoy el debate sobre un proyecto de la Ministra Norma Piña, que avala los cuatro impuestos creados en Zacatecas, pero como punto preliminar, aclara que los estados sí pueden gravar esta materia, tema sobre el cual no hay precedentes.

De los ocho Ministros que intervinieron, siete estuvieron por reconocer la facultad estatal, pero varios cuestionaron la metodología del proyecto, que se basa en las facultades concurrentes de la Federación y los estados en materia ambiental, y no en el análisis de los rubros que la Constitución reserva al Gobierno federal para fines de recaudar impuestos.

La perspectiva general fue que la Constitución no reserva al Gobierno federal el cobro de impuestos en materia de medio ambiente, que podrían ser atractivos para otros estados que busquen incrementar sus fuentes locales de ingresos.

Eso no quiere decir que los cuatro impuestos específicos creados por el Congreso de Zacatecas serán avalados, pues cada uno tendrá que ser analizado para aclarar si invade materias exclusivas de la Federación.

"Me queda claro que las labores de remediación y el objeto en el que se finca este gravamen, independientemente de su naturaleza o capacidad contributiva -qué no quedan en una controversia constitucional-, son de la competencia que la Constitución quiso entregar de manera compartida entre la Federación y los estados", dijo Alberto Pérez Dayán.

"Llego a la misma conclusión del proyecto, en el sentido de que las entidades federativas sí tienen facultades Constitucionales para establecer contribuciones que tiendan a la protección del medio ambiente", agregó Juan Luis González Alcántara, pero aclarando que difiere del enfoque de Piña.

Margarita Luna, en su intervención final como Ministra luego de quince años en la Corte, coincidió que los estados tienen esta facultad, pero ya no votará el caso, pues volverá al máximo tribunal hasta el 18 de febrero para su despedida oficial.

Eduardo Medina Mora fue el único que se pronunció en contra, y advirtió que estos impuestos, en realidad, no gravan alguna fuente de riqueza, sino que se asemejan a una sanción por contaminar, lo que debería imponerse por medio de otras figuras legales y no por un tributo.

La controversia impugna el impuesto de remediación ambiental por extracción de materiales, que grava con diversas tarifas cada metro cúbico de piedras extraídas durante los procesos mineros, así como otro tributo que aplica 250 pesos por cada tonelada de bióxido de carbono emitido a la atmósfera.

También se cuestiona el cobro de 25 pesos por cada 100 metros cuadrados afectados por sustancias contaminantes, y el de 100 pesos por tonelada de residuos almacenados en vertederos públicos o privados.

Zacatecas ha recaudado mil 230 millones de pesos anuales desde 2017 por estos gravámenes, que en 2019 representarán el 53 por ciento de su ingreso por impuestos estatales. 

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