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Nacional

Multa TEPJF a 322 emisoras por transmitir mañaneras en veda

Los magistrados, por unanimidad, aprobaron la sentencia propuesta por el magistrado Luis Espíndola

Guadalupe Irízar / Agencia Reforma

viernes, 04 febrero 2022 | 16:11

Agencia Reforma | Los magistrados, por unanimidad, aprobaron la sentencia propuesta por el magistrado Luis Espíndola

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Ciudad de México— La sala regional especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó a 322 emisoras de radio y televisión y 22 concesionarias de todo el país con multas por un total de cuatro millones 859 mil 496 pesos por considerar acreditadas infracciones a la Constitución al romper equidad en contienda y transmitir opiniones y expresiones del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Los magistrados, por unanimidad, aprobaron la sentencia propuesta por el magistrado Luis Espíndola, que sostiene que las concesionarias y algunos medios públicos incurrieron en infracciones al trasmitir opiniones de AMLO al opinar sobre elecciones y candidaturas de algunas entidades que estaban en marcha cuando ocurrieron las mañaneras del 5, 6, 7 y 11 de mayo de 2021.

Las opiniones de AMLO, aclararon los magistrados, ya fueron calificadas como existentes con anterioridad en un expediente aparte, avalado incluso por la sala superior del tribunal federal.

El magistrado ponente hizo referencia como precedentes, las sentencias de la sala superior, quien estableció una serie de parámetros y estableció "un alto riesgo de incurrir en difusión de propaganda prohibida", al transmitir parcial o totalmente la conferencia matutina del Presidente en entidades con campañas electorales en curso.

"Eso es justamente lo que ocurrió en este caso (analizado). Al difundir las expresiones del mandatario en contra de candidatos que participaron en elecciones de ambos Estados las concesionarias públicas y privadas involucradas, violaron el principio de equidad y deben en consecuencia ser sancionadas", expuso el ponente.

"Nadie está exceptuado de cumplir con la ley, ni el titular del Ejecutivo de la Unión, ni ningún otro servidor público. Ya lo hemos dejado claro en otros asuntos, ni las concesionarias que difundieron expresiones lesivas para los principios que deben regir una contienda electoral", añadió el magistrado Espíndola.

Remitió a un criterio judicial vigente en el sentido de que las concesionarias deben ser especialmente cuidadosas con lo que transmiten en campañas.

El magistrado Espíndola recordó que están en marcha procesos electorales en seis entidades de la República, por lo que consideró oportuno incluir en la sentwwwwencia un llamado a que los funcionarios públicos no violen la ley y las concesionarias difundan mensajes que podrían implicar propaganda gubernamental prohibida.

"Es un atento llamado en relación a esta circunstancia, para cuidar en gran medida que no se incumpla con la Constitución, con la ley, con el modelo de comunicación política en la difusión de propaganda gubernamental a través de radio y televisión", agregó el magistrado.

En otra sentencia, los magistrados, también por unanimidad, sancionaron a la emisora del Gobierno de Hidalgo con 197 mil pesos por incumplir en difusión de pauta de spots del Instituto Nacional Electoral.

Esta emisora vulneró el derecho de los partidos políticos a acceder a los tiempos de radio y televisión que les corresponden, para difundir mensajes en esa área, en un Estado, además que está en proceso electoral para renovar la Gubernatura el próximo 5 de junio.

Se vulneró también el derecho de los ciudadanos a recibir información. La emisora estatal deberá reponer la transmisión de la pauta oficial enviada por el INE.

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