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Nacional

Esperan sentencia de Corte Interamericana a México

Especialistas subrayan arbitrariedad en figuras como la prisión preventiva oficiosa

María Elena Cantú
Agencia Reforma

lunes, 29 agosto 2022 | 07:06

Agencia Reforma

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Ciudad de México.- "Es escandaloso el caso, habla del nivel de arbitrariedad que puede conseguirse por este tipo de reglas", sostiene el abogado penalista Luis Tapia Olivares sobre el caso de Daniel García y Reyes Alpízar.

"Tener a una persona sujeta a una prisión preventiva sin sentencia me parece de los peores infiernos pensables", señaló en el mismo sentido Raúl Mejía, investigador del Instituto para el Fortalecimiento del Estado de Derecho y Secretario de Estudio y Cuenta durante 15 años en la ponencia del entonces ministro José Ramón Cossío en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Este 26 de agosto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebró la audiencia pública del caso García Rodríguez y otro contra México, relacionado con la responsabilidad internacional del Estado mexicano por las torturas, violaciones al debido proceso y a la libertad personal en contra de Daniel García y Reyes Alpízar, quienes permanecieron detenidos en prisión preventiva durante más de 17 años.

Mejía explica que con el sistema acusatorio lo que se buscaba era que la prisión preventiva oficiosa sólo se aplicara en casos muy reducidos, donde hubiera un peligro real a la seguridad del Estado.

"Pero este sistema nunca acabó de amarrar. Seguimos con esa figura, por lo tanto, no se capacita a los ministerios públicos, no se capacita a las policías. No era una reforma solamente para jueces sino para todos los operadores, todo el sistema tiene que funcionar de manera adecuada de otro modo tenemos lo que tenemos, el peor de todos los mundos", explicó.

Los especialistas subrayan la inconvecionalidad de figuras como el arraigo, previsto en el Artículo 16 y la prisión preventiva oficiosa contemplada en el 19 constitucional.

"Las normas de derechos humanos de tratados internacionales son Constitución en Mexico y tienen que ser aplicados. Lo que dice la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tiene que ser aplicado. Y si una norma de nuestra Constitución, como la que está en el Articulo 19 constitucional, viola derechos, pues entonces la Constitución debe que ser eficaz y tiene que declararlo así.

"Estamos en una paradoja que nos lleva a pensar si la Constitución puede ser inconstitucional, ¿por qué?, porque decidimos ser ese tipo de Gobierno, uno que ingresa violaciones de derechos humanos a su Constitución, por eso nos están exhibiendo, porque decidimos que queríamos ingresar en nuestra Constitución violaciones abiertas al derecho a la libertad y al derecho a la presunción de inocencia", afirmó Luis Tapia.

"La prisión preventiva oficiosa y el arraigo son violaciones muy groseras al Sistema Interamericano, entonces lo que acaba sucediendo, en este caso, es que la Corte (Interamericana de Derechos Humanos) sí se puede aventar una declaración de inconvecionalidad de la Constitución mexicana y una orden al legislador constitucional de remover esas restricciones", concluyó Mejía.

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