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Nacional

Dan otro revés a militarización

Suman dos sentencias en contra del Acuerdo publicado en mayo del 2020 por el presidente López Obrador

César Martínez
Agencia Reforma

domingo, 10 enero 2021 | 08:00

Reforma

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Ciudad de México.- Una juez de Guanajuato determinó que es inconstitucional el Acuerdo presidencial que faculta a las Fuerzas Armadas para ejercer labores de seguridad pública hasta marzo de 2024.  

Con esta resolución suman dos sentencias en contra del Acuerdo publicado el 11 de mayo del 2020 por Andrés Manuel López Obrador.

En esta ocasión, Karla Macías, Juez Novena de Distrito con sede en Irapuato, Guanajuato, amparó a siete personas activistas de la entidad que promovieron una demanda.

"Se concede el amparo y protección de la justicia federal a las personas quejosas para el efecto de que una vez que cause ejecutoria la sentencia, se desincorpore de su esfera jurídica el Acuerdo (...), declarado inconstitucional", resolvió la jueza.

En el juicio de amparo indirecto 390/2020-IV, Macías señala que los efectos del amparo vinculan a todas las autoridades a tomar en consideración la inconstitucionalidad del Acuerdo.

Y ordena dar a las siete quejosas un salvoconducto contra el Acuerdo.

En su razonamiento, la jueza plantea que el Presidente carece de facultades para regular la actuación de la Fuerza Armada permanente, pues la reforma de marzo de 2019 en materia de Guardia Nacional sólo le permite disponer de ella, pero dentro del marco legal emitido por el Poder Legislativo.

"Conforme con la normativa constitucional, el Ejecutivo carece de facultades para regular la actuación de la Fuerza Armada permanente; lo que sí puede hacer es disponer de dicha fuerza, pero dentro del marco regulatorio que emita el Poder Legislativo, a través de una ley en sentido formal y material", argumenta.

La juez cuestiona también que la participación de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública se dé de manera extraordinaria, subordinada, complementaria, regulada y fiscalizada.

"En el reglamento reclamado no se especifican las demarcaciones geográficas en que las Fuerzas Armadas deban intervenir en funciones de seguridad pública ni establece lapsos concretos cuya duración guarde proporción con el estado de cosas al que se pretenda hacer frente", indica por ejemplo.

"El Acuerdo no establece una justificación suficientemente amplia y razonada acerca de por qué es necesaria la intervención de la milicia".

En octubre de 2020, la organización México Unido contra la Delincuencia ganó el primer amparo en contra del Acuerdo de militarización de la seguridad pública.

Esta semana, al primer periodo de sesiones de la Suprema Corte, el Ministro presidente Arturo Zaldívar dijo que este año se resolverán las impugnaciones pendientes contra varias de las reformas más importantes impulsadas por la actual Administración.

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