Nacional

Dan 48 horas a juez para definir en caso Robles

Magistrado debe determinar de nuevo si la exfuncionaria debe seguir en prisión o llevar su proceso en libertad

Reforma

lunes, 21 octubre 2019 | 12:47

Reforma

Ciudad de México— Un Tribunal federal dio 48 horas al juez de control Felipe de Jesús Delgadillo Padierna para determinar de nueva cuenta si Rosario Robles debe continuar en prisión o llevar en libertad su proceso por ejercicio indebido del servicio público.

Ricardo Paredes Calderón, magistrado del Quinto Tribunal Unitario Penal de la Ciudad de México, resolvió esta mañana que debe reponerse en una audiencia el procedimiento mediante el cual se determinó la medida cautelar a la exfuncionaria, pues no analizó que fuera idónea, proporcional y menos lesiva la prisión preventiva justificada impuesta.

"El juez de control, al imponer la prisión preventiva justificada sin establecer de manera suficiente los motivos por los cuales dicha medida era proporcional -como lo dispone el artículo 156 del Código Nacional de Procedimientos Penales-, vulneró el derecho fundamental de libertad personal que le asiste a la imputada", se lee en el fallo de la apelación 284/2019.

"Para reparar las vulneraciones a derechos fundamentales que de oficio se advierten por el tribunal de alzada, lo procedente es ordenar la reposición del procedimiento del acto que motivó o en el marco del cual se dio la vulneración".

De acuerdo con el magistrado, una vez que sea notificado, Delgadillo deberá convocar a la Fiscalía General de la República (FGR) y a la defensa de la imputada a una audiencia en la que deberá resolver, esta vez de manera fundada y motivada, cuál de las medidas cautelares debe ser impuesta.

La audiencia se espera que sea breve, pues el propio Magistrado determinó que sólo deberá intervenir el juez y no habrá debate.

"En la continuación de la audiencia no deberá darse uso de la voz a las partes previo a determinar lo anterior, en la medida que el juez de control habrá de resolver respecto de la proporcionalidad e idoneidad de la medida con base en los alegatos ya formulados en la continuación de la audiencia inicial que concluyó el 13 de agosto de 2019", precisa.

Paredes Calderón considera que sí está justificado el riesgo de que Robles pudiera sustraerse de la justicia y por ello determinó que la audiencia deberá retomarse a partir del momento en que el juez de control estableció que estaba acreditado ese peligro de darse a la fuga.

Sin embargo, en su resolutivo instruyó imponer una medida cautelar basada en una mayor fundamentación, ya que los argumentos esgrimidos en la audiencia del pasado 13 de agosto son por lo menos insuficientes para justificar la prisión preventiva.

Por un lado, el fallo de este lunes cuestiona que el juez Delgadillo Padierna no tomara en cuenta la entrevista que se practicó a Mariana Moguel, hija de Robles, para justificar el arraigo de ésta en la Ciudad de México, un aspecto que es clave para dictar cualquiera de la 14 medidas cautelares que señala el Código Nacional de Procedimientos Penales.

De acuerdo con el Magistrado, el juez de control también fue desacertado al concluir que Robles no tenía arraigo en la capital del país por el hecho de que los agentes de la Policía Federal Ministerial no la encontraron en su casa de Coyoacán, cuando trataron de notificarle el citatorio para su audiencia de imputación.

"Ninguna persona se encuentra en todo momento en su domicilio", expuso el impartidor de justicia, quien también agrega que Delgadillo Padierna pasó por alto el comportamiento desplegando por la ex funcionaria, quien atendió los citatorios para enfrentar el proceso.

El proceso contra Robles es por un delito que la ley no contempla con la prisión preventiva oficiosa y que deriva de presuntamente haber sido omisa ante los desvíos por más de 5 mil millones de pesos en la Sedesol y la Sedatu, cuando fue titular en ambas dependencias y superior jerárquica de los responsables dichos actos de corrupción.

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