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Nacional

Anulan una suspensión a 'Alito' contra difusión de audios

Continúa vigente una suspensión provisional que impide a Sansores divulgar materiales contra el priista

Abel Barajas / Agencia Reforma

lunes, 01 agosto 2022 | 20:24

Óscar Mireles / Agencia Reforma | Un tribunal federal de NL revocó la suspensión que ordenó a la Gobernadora de Campeche abstenerse de difundir audios de Alejandro Moreno

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Ciudad de México.— Un tribunal federal de Nuevo León echó abajo la primera suspensión que ordenó a la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, abstenerse de difundir los audios que involucran en supuestas actividades ilegales al dirigente nacional del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas.

A pesar de este revés judicial, continúa vigente una suspensión provisional del Juzgado Décimosexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México que impide a la gobernadora divulgar este tipo de materiales contra el priista en su programa televisivo "Martes del Jaguar".

El Primer Tribunal Colegiado Penal de Nuevo León, con sede en Monterrey, revocó la suspensión de plano que el pasado 19 de julio Víctor Hugo Alejo Guerrero, juez primero de Distrito en Materia Penal de la entidad, otorgó a Moreno Cárdenas.

Por unanimidad, los magistrados coincidieron en que esa suspensión era inválida porque fue dictada 5 días después de que el juez Alejo Guerrero se había declarado incompetente para tramitar el amparo y turnando el caso a un juez de distrito en Campeche. Es decir, ya no era competente para otorgar la protección judicial.

El 14 de julio, cuando "Alito" promovió este amparo, el juez le negó en principio la suspensión de plano porque sostuvo que el acto que reclamaba no encuadraba dentro de los previstos en el artículo 22 de la Constitución.

Es decir, no era un acto como la pena de muerte, la mutilación, marca, azotes, palos, tormentos, multa excesiva, confiscación de bienes o cualquier otra pena inusitada.

Si bien el citado apartado constitucional también prevé a la "infamia", el juez dijo que ésta no fue emitida, ordenada o dictada dentro de una resolución como pena o sanción, razón por la que no podía suspender la difusión de los audios contra el priista.

El mismo día, el juzgador se declaró incompetente y turnó el juicio de garantías a Campeche; sin embargo, cinco días después, Moreno Cárdenas amplió ante Alejo Guerrero la solicitud de amparo y esta vez el juez sí le concedió la suspensión de plano.

"Jurídicamente no fue correcto que el juez de amparo admitiera la ampliación de la demanda, puesto que ya se había declinado a la competencia y, por ello, no podía pronunciarse sobre ese tópico hasta en tanto el Juzgado residente en Campeche le informara si la acepta o no, quien en todo caso estaría obligado a proveer sobre la ampliación de la demanda y la suspensión del acto", resolvió el colegiado.

"Tampoco podía pronunciarse respecto a la suspensión de plano, pues aunque se alegue que se trata de actos prohibidos por el artículo 22 Constitucional y la regla general es que debe proveerse a prevención, en el caso, el secretario encargado del despacho ya se había pronunciado respecto a esos actos negando la suspensión de plano en proveído de catorce de julio de dos mil veintidós; auto que no fue impugnado".

Este litigio todavía tardará en dirimirse, porque Édgar Martín Gasca de la Peña, juez segundo de Distrito en Campeche, rechazó la competencia para tramitar el amparo.

Dicho juzgador expuso que Moreno Cárdenas no sólo pidió el amparo y la suspensión contra la difusión de los audios, sino también contra una posible orden de aprehensión, comparecencia o citación, sin señalar cuál es la autoridad que podría aprehenderlo o su jurisdicción.

Ante estos casos, Gasca dijo que si el acto que reclama el quejoso puede ser ejecutado en más de un distrito judicial, entonces debe aplicarse la regla de que el juez competente es aquel que originalmente recibió la demanda, en este caso, el de Nuevo León.

Ahora el expediente será turnado a un tribunal de alzada, para que determine cuál de los dos juzgadores es el competente para darle cause a esta demanda del dirigente del PRI.

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