Nacional

Acreditan que Delgado violó veda electoral

El diputado difundió un video de propaganda en sus redes sociales durante el periodo en el que la ley lo prohíbe

Reforma

miércoles, 19 junio 2019 | 22:37

Reforma

Ciudad de México— La sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó dar vista a la Contraloría Interna de la Cámara de Diputados para que determine qué hacer ante las violaciones a la ley y la Constitución de Mario Delgado, diputado por Morena, por romper la veda electoral el 31 de mayo.

Delgado, determinó la sala, difundió un video de propaganda electoral en sus redes sociales durante el periodo en el que la ley lo prohíbe, luego de la conclusión de las campañas en seis entidades el 29 de mayo y a dos días de la jornada electoral del 2 de junio.

El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), abundó, no solo vulneró el periodo de veda electoral, sino que también infringió los principios de neutralidad e imparcialidad.

"Se determina la existencia de la vulneración al periodo de veda electoral (...) Se determina la existencia de la vulneración al principio de neutralidad e imparcialidad (...)

"Se da vista con copia certificada de las constancias que integran este expediente a la Contraloría Interna de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a efecto de proceda a determinar lo conducente conforme a su normativa en torno a la responsabilidad del servidor público mencionado por haber inobservado la normativa constitucional y electoral", señala la resolución.

Al resolver una queja presentada por el Partido Acción Nacional (PAN), los tres magistrados de la sala, en sesión pública este miércoles, le dieron la razón al partido en sus denuncias y aprobaron dar vista a la Contraloría Interna de la Cámara para que determine lo conducente por esas infracciones.

La decisión exoneró al partido Morena de responsabilidad en los actos del diputado federal

Las razones

En el expediente quedó acreditada la difusión de un video el 31 de mayo en la cuenta oficial de Facebook de Mario Delgado, donde, de acuerdo con la denuncia del PAN, se realizó un llamado al voto a favor de los candidatos postulados por Morena a diversos cargos de elección popular en Aguascalientes, Baja California, Durango y Puebla.

La sentencia recuerda que Delgado es un sujeto que estaba obligado a cumplir con la veda y no hacer propaganda, pues es un servidor público, una persona de relevancia pública y está involucrado en la vida política del país.

"Se considera que el video denunciado constituye propaganda electoral, lo anterior, porque se advierte la presencia de candidatos postulados por Morena a diversos cargos de elección popular, ello asociado con la referencia al día en que se celebraría la jornada electoral en las entidades federativas antes mencionadas, observándose en la mayor parte del video, en análisis, la imagen del partido político Morena", indica la resolución.

"Si bien existen indicios de que se hayan usado recursos públicos, materiales, humanos para la elaboración del video referido o su publicación, también lo es que Mario Martín Delgado Carrillo utilizó su función relevante de servidor público para desequilibrar la igualdad de condiciones en los procesos comiciales que se desarrollaron en las entidades federativas, antes referidas durante el proceso de veda electoral", añade.

La exoneración de Morena en la difusión del video fue sustentada por el Magistrado ponente Carlos Hernández Toledo porque consideró que no es aceptable determinar responsabilidad de los partidos por conductas desplegadas por servidores públicos en ejercicio de sus atribuciones.

Responsabilizarlos por este tipo de conductas de funcionarios que son también integrantes de sus filas, implicaría reconocer que los partidos políticos se encuentran en una relación de supra a subordinación respecto de ellos, apunta la sentencia.

Delgado tiene la posibilidad de inconformarse con la resolución ante la sala superior del TEPJF para que ésta tenga la última palabra sobre la sanción; de no hacerlo, la sentencia se convierte en definitiva. 

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