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Juárez

Invita IMSS a solicitar retiro por desempleo

Consulta aquí todos los requisitos

Alejandro Vargas
El Diario de Juárez

martes, 05 enero 2021 | 14:31

Tomada de internet

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Quienes hayan perdido su empleo durante esta emergencia sanitaria pueden tramitar el beneficio del retiro parcial por desempleo, así lo dio a conocer el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Se trata de una protección que tiene el trabajador formal, importante ahora, ya que en el caso de pérdida de su trabajo puede hacer uso de los recursos de su cuenta individual, precisó el instituto. 

Los requisitos son tener 46 días naturales de desempleo, haber estado registrado al menos durante tres años con una Afore, y haber cotizado en el Seguro Social por dos años o más.

Además, no haber efectuado retiros de su cuenta individual en los últimos cinco años. Una vez cumplidos los requisitos, es necesario presentarse con cita en la Afore y solicitar la realización del trámite.

La disposición parcial de los recursos se podrá realizar con base en dos modalidades: en la primera, se puede retirar en una sola exhibición un monto equivalente a 30 días del último Salario Base de Cotización registrado con límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

A su vez, la segunda, es aplicable cuando la cuenta individual tiene más de cinco años de haber sido abierta; en estos casos, el monto a retirar corresponde a lo que resulte menor entre el importe correspondiente a 90 días del salario base de cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5 por ciento de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Para más información está a disposición el número de teléfono 800 623 2323, opción 1, de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas, y los sábados y domingos de 8:00 a 14:00 horas.   

Requisitos

• Tener 46 días naturales de desempleo

• Haber estado registrado al menos durante tres años con una Afore

• Tener más de dos o más años cotizados en el IMSS

• No haber efectuado retiros de su cuenta individual en los últimos cinco años

Modalidades

• En la primera se puede retirar en una sola exhibición un monto equivalente a 30 días del último Salario Base de Cotización registrado con límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

• En la segunda, el monto a retirar corresponde a lo que resulte menor entre el importe correspondiente a 90 días del salario base de cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5 por ciento de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

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