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Juárez

Señala FEM

Favoreció jueza a las maestras del Montessori

Fiscalía de la Mujer apelará el fallo

Luz del Carmen Sosa / El Diario de Juárez

jueves, 17 noviembre 2022 | 11:24

Gabriel Cardona / El Diario de Juárez | Las instalaciones del colegio donde supuestamente ocurrieron los hechos

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Por considerar que hubo un sesgo en la valoración que hizo el Tribunal de Enjuiciamiento, tendientes a favorecer a las dos docentes del Colegio Montessori Internacional acusadas por violación agravada en contra de una niña, la Fiscalía Especializada de la Mujer (FEM) presentará el recurso de apelación al fallo absolutorio de la jueza Claudia Domínguez Curiel.

Para ello esperarán la lectura de la sentencia programada para el próximo 23 de noviembre para interponer el recurso de apelación en los siguientes 10 días hábiles, dijo ayer la titular de la FEM, Wendy Paola Chávez Villanueva.

“Interpondremos el recurso que la ley permite, en este caso es la apelación, tiene que darse la lectura de la sentencia porque el fallo es un extracto somero que informa el Tribunal Unitario de los motivos que le llevaron a tomar tal decisión en la conclusión del juicio oral, número 255/2022, de la causa penal 2123/2022”, precisó.

Explicó que buscan que una segunda instancia dé valor a los elementos de prueba aportados durante el proceso en contra de Mónica C. R., directora del plantel, y Adriana Lucía H. G., docente del mismo, quienes la noche del pasado martes obtuvieron su libertad al ser declaradas inocentes de los cargos contra la menor estudiante.

Personal del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) informó esa noche que la jueza Domínguez Curiel consideró que los dictámenes médicos varían y los tiempos no coinciden, por lo que no se acreditaron los hechos que formuló la Fiscalía.

“Nosotros lo que consideramos es que hay un sesgo en la valoración que hace el tribunal respecto a los informes, porque a la hora que tienen que valorar la prueba, tienen que valorarla de manera integral”, planteó la fiscal.

Expuso que si la jueza aísla los elementos de prueba puede que ninguno genere convicción.

“Y a la hora que se hace la valoración integral de las informaciones que están ahí eso le hubiera permitido tener una opinión distinta de la que concluye”, abundó. 

Antecedentes 

La directora Mónica C. R. y la maestra auxiliar Adriana Lucía H. G. fueron detenidas por elementos de la Agencia Estatal de Investigación (AEI) el 23 de marzo mientras trabajaban en la escuela ubicada en la colonia Del Sol, luego de que un juez de Control dictó una orden de aprehensión derivada de la causa penal 2213/2022, en la que se les señaló como probables responsables del delito de violación con penalidad agravada. 

La niña dejó de asistir a la escuela el 23 de febrero, luego de que su madre decidió no volver a llevarla porque, según explicó el día en que las maestras fueron detenidas, en varias ocasiones le decía que no quería ir y fue el 7 de marzo cuando le contó que era violentada sexualmente, por lo que al día siguiente la familia interpuso una denuncia ante la FEM.

Por ello, el 9 de marzo un juez de Control les formuló cargos por el delito de violación agravada bajo la medida cautelar de prisión preventiva, por lo que Mónica C. R. fue internada en el Centro de Reinserción Social Femenil número 2, mientras que Adriana Lucía H. G. ejecutó su medida cautelar en su domicilio particular por estar embarazada.

Sin embargo, en la audiencia de vinculación a proceso el delito de violación agravada fue reclasificado a abuso sexual agravado y el juez de Control estableció un mes para que se llevaran a cabo las investigaciones correspondientes, pero al cumplirse el plazo se otorgó una prórroga de dos meses más, que concluyeron el 29 de junio. 

Además, ante la reclasificación del delito, el 1 de abril la FEM interpuso una apelación con el objetivo de que se valorara la evidencia proporcionada y el caso se clasificó como violación agravada. 

La fiscal dijo que la familia de la víctima y sus asesores legales estaban con mucha zozobra por la primera decisión que tomó el juez de Control, de decir que anulaba el informe pericial inicial y que por ello dejaba como clasificación de abuso sexual el caso.

“La apelación se tardó y generó mucha incertidumbre en la representación de la niña y tenían temor de que se fuera a quedar así y preferían someterla a un segundo informe”, dijo la fiscal.

“Sé que en el fallo (la juzgadora) manifestó que la niña estuviera sufriendo agresiones y que hubiera ocultamiento de la familia”, dijo la fiscal.

Sin embargo, la jueza no dio vista al Ministerio Público para que se iniciara una nueva investigación, agregó la titular de la FEM.

Que audiencias sean públicas: Sinviac

Elia Orrantia, directora de la organización Sin Violencia A.C. (Sinviac), dijo que en este caso no dieron acompañamiento a ninguna de las partes involucradas; sin embargo, apeló a que se le crea a la niña y se trabaje con ella en la cuestión emocional y psicológica.

“El mensaje es que hay que seguir creyendo en las niñas y niños”, expuso la activista a favor de una vida sin violencia para la mujer.

“Lo importante también es que si no fueron las maestras, declaradas inocentes por el Tribunal Unitario, se investigue quién fue y se sancione”, consideró la entrevistada, que pugnó por las audiencias públicas ya que el juicio oral fue privado.

Refirió que si bien puede existir inconformidad en el fallo de la jueza, es importante que el Tribunal Superior de Justicia considere la apertura de las audiencias al público, con sus respectivas medidas de privacidad que los casos requieran.

“Definitivamente, eso es algo en lo que tenemos que posicionarnos las organizaciones de la sociedad civil, porque las audiencias deben ser de carácter público, claro, preservando el derecho de privacidad de las víctimas y la presunción de inocencia de los acusados, pero es importante el principio de máxima publicidad porque nos permite observar el actuar de quienes tienen la responsabilidad de la impartición de justicia”, consideró.  

Precisamente la jueza Claudia Domínguez Curiel, adscrita al Tribunal Oral Penal, describió que “la belleza del sistema acusatorio oral es que todo es público” durante una entrevista que le realizaron en el 2016 respecto a las diferencias entre sistema penal inquisitivo y el modelo acusatorio adversarial.

lsosa@redaccion.diario.com.mx

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