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Juárez

Por falta de transparencia

Amonestan a Casas de Cuidado Diario Infantiles

Podría recibir una sanción económica de hasta 130 mil 320 pesos

Javier Olmos
El Diario de Juárez

domingo, 04 octubre 2020 | 13:06

Imagen tomada de Google Maps

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Por incumplir con información de transparencia, la organización Casas de Cuidado Diario Infantiles A.C. fue sancionada con una amonestación pública por parte del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ichitaip).

De acuerdo con la resolución al recurso de revisión ICHITAIP/RR-200/2020 presentado por un particular en contra de este “sujeto obligado”, se le ordenó proporcionar una relación de los correos electrónicos recibidos, sin que se haya presentado constancia alguna de haber dado cumplimiento a la instrucción. 

Debido a ello, sentenció el organismo, se tuvo por no cumplida la resolución emitida por este órgano garante el pasado 27 de agosto del presente año, y además, de persistir en el incumplimiento, podría recibir una sanción económica de entre 150 (13 mil 32 pesos) y mil 500 (130 mil 320 pesos) veces la Unidad de Medida y Actualización (UMAs).

En el proyecto de resolución presentado al Pleno por el Comisionado Presidente Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel, se señala que en la resolución emitida el pasado mes de agosto.

Al celebrar una Sesión Extraordinaria, los integrantes del Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ichitaip) resolvieron el Recurso de Revisión. 

Ante el incumplimiento a la resolución, la comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, el comisionado Rodolfo Leyva Martínez y el comisionado presidente, Ernesto Alejandro de la Rocha, impusieron al responsable de la Unidad de Transparencia una amonestación pública como medida de apremio para asegurar el cumplimiento de la resolución, de conformidad a lo dispuesto por la fracción I del artículo 160 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua. 

Ante esta omisión, el Pleno aprobó emitir un acuerdo de incumplimiento y con base en los artículos 154 fracción II y 162 de la ley en la materia, se ordenó notificar al superior jerárquico de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado para que se implementen todas las medidas administrativas necesarias para asegurarse de que su subalterno de cumplimiento a la resolución e informe a éste órgano garante. 

La amonestación pública será publicada en la página web de este organismo garante y deberá difundirse hasta que se dé cumplimiento a lo ordenado. 

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