Estado

Publica Diario Oficial acuerdo contra pandemia

Contiene 13 acciones de prevención vigentes hasta el próximo domingo 19 de abril

Luz del Carmen Sosa
El Diario de Juárez

jueves, 26 marzo 2020 | 06:00

Ivanna Leos / El Diario de El Paso

Sin contemplar acciones sociales y fiscales para amortiguar el impacto económico negativo entre la población generado por la pandemia del coronavirus (Covid-19), ayer fue publicado el Acuerdo 049/2020 en el Periódico Oficial del Estado (POE), que contiene 13 medidas sanitarias para prevenir la propagación del virus, mismas que son vigentes a partir de la tarde de este miércoles y hasta el próximo domingo 19 de abril.

El documento oficial, anunciado previamente la noche del lunes por el gobernador Javier Corral, se ampara en la Ley General de Salud que en el artículo 404 enumera las medidas de seguridad contempladas en las fracciones I, II, VII, XI y XIII, correspondientes al aislamiento, cuarentena, suspensión de trabajos o servicios, desocupación o desalojo de casas, edificios, establecimientos y, en general, de cualquier predio y demás que puedan evitar que se causen o continúen causando riesgos o daños a la salud. 

La primera disposición es la suspensión temporal de todos los eventos deportivos, recreativos, sociales, políticos, culturales, académicos, públicos, privados y todos sus semejantes que impliquen la conglomeración de personas, sin importar el aforo.

También ordena la suspensión temporal de actividades en centros y salones de culto o espiritualidad como templos e iglesias, así como cualquier centro de reunión de naturaleza similar, en este sentido la mayoría de las religiones en Chihuahua había optado por emplear la tecnología para la celebración de sus servicios religiosos. 

Los establecimientos de actividades esenciales cuya operación sea permitida y requiera de presencia física, mantendrán únicamente la asistencia presencial de personal indispensable, aplicando de manera irrestricta las medidas de sana distancia e higiene.

Menciona que estas empresas deberán privilegiar el trabajo en casa cuando sea posible, evitando la presencia o exposición de niños o población vulnerable a la enfermedad Covid-19 en oficinas o centros de trabajo.

Menciona que las dependencias, órganos y entidades de la Administración Pública Estatal continuarán laborando con la presencia física del personal indispensable y se dará prioridad para trabajar en casa a todo el personal mayor de 60 años, mujeres embarazadas o en lactancia, personas con enfermedades crónicas descontroladas o autoinmunes. 

Se exceptúa a la Secretaría de Salud, la Fiscalía General del Estado, la Secretaría de Seguridad Pública y a la Coordinación Estatal de Protección Civil, así como las áreas y entidades sectorizadas a éstas, en su caso.

Las personas titulares de las dependencias, órganos y entidades de la Administración Pública Estatal emitirán, en caso de que lo estimen necesario, los acuerdos por los que se suspendan términos y plazos de cualquier proceso, procedimiento o trámite de su competencia, que no sea considerado como esencial.

Se exhorta a la población en general a resguardarse en casa y limitar la salida a una persona por familia para la adquisición de víveres indispensables, así como acatar las medidas básicas de prevención emitidas por las autoridades sanitarias. En caso de necesidad de consulta médica o emergencias, deberá limitarse la salida de los domicilios a la persona afectada y un acompañante, únicamente en casos de urgencia

Se exhorta a la población a resguardar a las personas adultas mayores en un lugar especial de las casas, asegurando un entorno higiénico y aislado a efecto de evitar cualquier posibilidad de contagio.

El acuerdo condena el acaparamiento y lucro, por lo que llama a evitar las compras en exceso de alimentos y productos, es decir, las denominadas compras de pánico.

Agrega que cualquier persona, en caso de presentar sintomatología o bien que haya sido diagnosticada con Covid-19, deberá aislarse y resguardarse en su domicilio o donde indiquen las autoridades sanitarias.

Las personas que presenten sintomatología vinculada con el Covid-19 deberán informarlo de inmediato a su médico, o a las autoridades a través del número telefónico 911.

Las personas que incumplan las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo podrán ser investigadas por la posible comisión del delito de peligro de contagio previsto en el Código Penal del Estado y los demás que resulten aplicables.

Además refiere que el cumplimiento de las disposiciones contenidas será vigilado por las autoridades municipales competentes, así como por la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y la Secretaría General de Gobierno del Estado de Chihuahua en el ámbito de su competencia, y su incumplimiento será sancionado con la clausura temporal de los establecimientos y demás sanciones aplicables en términos de lo establecido en las disposiciones legales correspondientes.

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