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Estado

Proponen poner candados a designación de notarios

El diputado Omar Bazán presentó iniciativa

Orlando Chávez
El Diario de Chihuahua

martes, 22 junio 2021 | 16:04

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Chihuahua.- El diputado local, Omar Bazán, elaboró una iniciativa de decreto para establecer un candado a la designación de notarios púbicos de parte del gobernador del Estado. El legislador propone reformar el artículo 4 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Chihuahua, para que el gobernador solamente pueda hacer las designaciones hasta seis meses antes de que concluya su administración y en el caso de Javier Corral, señala que sería de efecto inmediato, lo que imposibilitará que designe más notarios en el resto de su gobierno.

En la iniciativa enfatizó que la seguridad jurídica que brinda  la función del Registro Público de la Propiedad  no queda abstraída de su nexo con el poder público de la que emana, lo cual la hace proclive de contaminación política ajena al profesionalismo que actualmente rige en el gremio de notarios. La iniciativa de decreto deberá ser aprobada por los diputados.

“Actualmente y en salvaguarda de estos valores importantes para mantener el profesionalismo de esta función, las leyes establecen toda clase de mecanismos que garantizan que quienes aspiran a ejercer tan noble e importante oficio, cuenten con la trayectoria y conocimientos requeridos, previa valoración objetiva para acceder al desempeño de la función notarial, perfectamente regulada como ya lo dije. Ello no impide que con intereses ajenos se involucren, ingredientes políticos propios del poder público, que son utilizados y ejercidos indebidamente para influir en el otorgamiento de una patente, como ocurría en la otrora edad media, en calidad de “premio” a personas allegadas al monarca, lo cual debe estar proscrito en la actualidad para salvaguardar los valores modernos de la función notarial”, añadió.

La propuesta de Bazán es que el artículo cuarto quede de la siguiente manera: “corresponde a la persona titular del Poder Ejecutivo la delegación de la Fe Pública y, por ende, el otorgamiento y revocación de patentes para el ejercicio de la función notarial, de conformidad con los términos y procesos establecidos en la presente Ley… la delegación de la fe pública para otorgar una patente solo podrá ejercerse por la persona titular del Poder Ejecutivo hasta seis meses previo a que concluya el periodo de gobierno de la administración correspondiente”.

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