Estado

Propone Georgina Bujanda se implemente la Cartilla Preventiva de Datos

Detalló que es esta cartilla un instrumento de identificación

Alejandro Piñón
El Diario de Chihuahua

jueves, 05 diciembre 2019 | 13:56

Chihuahua.- La diputada por Acción Nacional y presidenta de la Comisión de Seguridad, Georgina Bujanda Ríos, presentó una iniciativa con carácter de decreto, a efecto de reformar diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chihuahua y de la Ley Estatal de Educación, a fin de implementar de manera obligatoria la Cartilla Preventiva de Datos.

En este sentido, la legisladora por Acción Nacional, detalló que es esta cartilla un instrumento de identificación que deberá ser expedida por el Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, como órgano garante y de articulación de todas las políticas destinadas a la protección de los derechos de la infancia y adolescencia.

Durante su intervención en la tribuna del Congreso, la representante del distrito 12, precisó que esta cartilla no contrapone el funcionamiento de la Alerta Amber ni del Protocolo Alba, sino que contribuye a que los mismos funcionen de manera eficaz y efectiva. Lo anterior, debido a que es un nuevo instrumento de identificación, en donde se registrarán los principales datos y particularidades de las niñas y niños, con el fin de poder agilizar la activación de la Alerta y en su caso Protocolo Alba.

Asimismo, Bujanda Ríos, dijo que el Sistema Estatal de Salud, de Educación, de Seguridad Pública y la Secretaría de Gobierno a través del Registro Civil, serán corresponsables en la implementación y difusión de la cartilla de preventiva para caso de desaparición, Extravío y/o Sustracción de niñas, niños y adolescentes.

Finalmente, la integrante de la torre legislativa, compartió que los datos serán proporcionados por quien ejerza la patria potestad o la guardia y custodia de la niña, niño o adolescente, además de enfatizar que dicha información se considerará como confidencial, en términos de lo dispuesto en el Artículo 128, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua.

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