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Estado

Hasta cuatro años de prisión por acoso en cobranzas

Castigan hostigamiento, amenazas y falsos embargos de agentes

Manuel Quezada Barrón
El Diario

domingo, 18 septiembre 2022 | 10:35

Tomada de Internet

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Chihuahua— Quien incurra en cobranza extrajudicial empleando hostigamiento, amenazas, falsos embargos e intimidación puede ser sancionado con cuatro años de prisión y una multa de 50 mil a 300 mil pesos, según lo establece el Código Penal Federal, informó el delegado de la Condusef, Gerardo Núñez.

Añadió que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) ayuda a conciliar estos casos y, de ser necesario, los asesora para que interpongan su queja ante otras instancias.

Sin embargo, ser víctima de una cobranza con amenazas no exime al deudor, sobre todo cuando se trata de créditos con garantía hipotecaria en los cuales se puede proceder a la ejecución de la garantía y perder el inmueble en cuestión.

Núñez señaló que en todo el país se presentan ahora múltiples casos de cobranza en los que el deudor pensaba que ya no tenía ese compromiso, porque ya había negociado con su banco el pago de su deuda con una quita del monto.

“Esta gente no fue informada o no se enteró de que el banco reportó al Buró de Crédito el resto de la deuda negociada como cartera vencida, o como cuenta que causa quebranto y que es susceptible de ser vendida a terceros para su cobranza”, dijo.

Agregó que en esos casos efectivamente ya no se tiene deuda con la institución financiera, pero se mantiene parcialmente con el despacho de cobranza que la adquirió.

Reiteró que es importante que un usuario de servicios financieros que negocie condiciones de pago de una deuda se informe bien de cómo será reportada al Buró de Crédito, y si puede afectar su historial crediticio.

Informó que aun en los casos donde el resto de la deuda pase a un tercero, la cobranza debe ser realizada por despachos autorizados y dentro del marco de la ley.

En su portal la Condusef indica que brindará información y asesoría a los usuarios que presenten reclamaciones ante el Registro de Despachos de Cobranza (Redeco), el cual, además de ser un registro de las instancias que trabajan para el cobro de su cartera, también permite a los usuarios presentar una queja ante las malas prácticas de cobro, las cuales están clasificadas en 21 causas de reclamación.

Precisa que sólo cuatro de las causas de reclamación establecidas por el Redeco pueden ser tipificadas como delito: el de amenaza, ofensas o intimidación al deudor, familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda.

Asimismo, enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad; la gestión de cobranza con maltrato y ofensas, así como utilizar nombre o denominación que se asemeja a una institución pública.

Para evitar que una deuda llegue a los despachos de cobranza lo mejor es comunicarse con la entidad financiera otorgante del crédito o préstamo, para llegar a un común acuerdo de pago.

Si se ignoran los avisos directos de la financiera, la deuda pasará al despacho y su única finalidad es recuperar el costo de esa deuda, planteó.

Indicó que el artículo 284 bis del Código Penal define la cobranza extrajudicial ilegal cuando se utiliza la violencia o intimidación a través de cualquier medio con el objetivo de solicitar el pago de una deuda derivada de actividades reguladas en leyes federales.

Quien incurra en este tipo de cobranza ilícita será sancionado con cuatro años de prisión y una multa de entre 50 mil y 300 mil pesos. En caso de que se llegaran a emplear documentos, sellos o nombres falsos de instituciones públicas, la pena y la multa aumentarán una mitad.

En el caso de ser víctima de este tipo de delitos se puede denunciar ante la Condusef o el Registro de Despachos de Cobranza. El teléfono de la Condusef es el 01 800 999-8080 y la página de Internet

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