Estado

‘Gobernador rebasa sus facultades ante Covid-19’

En caso de epidemias graves, la que dicta las medidas preventivas es la Secretaría de Salud federal

Sandra Rodríguez Nieto
El Diario de Juárez

viernes, 27 marzo 2020 | 06:00

Ciudad Juárez— Con el acuerdo publicado con motivo del Covid-19, el Gobierno del Estado rebasa sus facultades, ya que la Constitución establece que en caso de epidemias graves, la que dicta las medidas preventivas es la Secretaría de Salud federal, planteó el abogado constitucionalista y académico de la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, Carlos Gutiérrez Casas.

“El Ejecutivo estatal no tiene facultades para limitar los derechos; pueden ser buenas o no (las medidas del acuerdo), eso no está en cuestionamiento, sino la constitucionalidad y las atribuciones que pueda tener y, desde mi perspectiva, no las tiene”, dijo Gutiérrez Casas.

“Puede tomar medidas en cuanto al presupuesto, en cuanto a los hospitales, pero no puede limitar los derechos; esto únicamente lo puede hacer la Secretaria de Salud federal; esto está en el Artículo 73, fracción 16 de la Constitución, y en relación con el Artículo 11 de la Constitución, que habla del derecho de tránsito”, agregó.

El apartado de la Constitución citado por el académico establece que, “en caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva de ser después sancionadas por el Presidente de la República”.

El pasado miércoles 25 de marzo, el Gobierno de Javier Corral Jurado publicó en el Periódico Oficial del Estado el acuerdo 049/2020, con diversas disposiciones en materia sanitaria relacionadas con la enfermedad Covid-19, como la suspensión temporal de diversos tipos de eventos –deportivos, recreativos, sociales, políticos, entre otros– que impliquen aglomeraciones “sin importar el aforo”.

El texto ordena el cierre de cines, teatros, museos, bares, parques turísticos y “áreas comunes de centros comerciales y sus accesos a través de los comercios o del exterior” y especifica también la suspensión de actividades en centros de culto, templos e iglesias.

El acuerdo menciona también que quienes incumplan el acuerdo “podrán ser investigadas por la posible comisión del delito de peligro de contagio previsto en el Código Penal del Estado”.

El acuerdo del Gobierno estatal no cita el artículo 73 de la Constitución, sino diversos de la Ley General de Salud que facultan a las entidades federativas a realizar actividades de “vigilancia epidemiológica, de prevención y control de diversas enfermedades transmisibles”.

El acuerdo estatal fue posterior a uno publicado por el Gobierno federal el 25 de marzo, que menciona las facultades del Artículo 73 Constitucional desde el segundo párrafo y no menciona sanciones penales.

“Es más restrictivo hacia los derechos y es inconstitucional indudablemente”, dijo Gutiérrez Casas sobre el acuerdo estatal.

Por separado, el también abogado constitucionalista Héctor Villasana Ramírez dijo que la autoridad en materia de pandemia corresponde a la Secretaría de Salud federal, pero consideró que ante la circunstancia y “falta de liderazgo” de la Federación, los estados están generando decretos propios, como también hizo ya el estado de Sonora.

“Se ven discrepancias en cada estado, porque cada estado está limitado, y quien rige es la Federación”, dijo Villasana, en la ciudad de Chihuahua.

“Haciendo la comparativa con el decreto federal y el estudio jurídico, lo que diría es que hay falta de coordinación en materia de salud que está provocando que cada entidad, en sus facultades, tome determinaciones unilaterales, cuando el Consejo General de Salud debería asumir la responsabilidad general”, agregó Villasana.

srodriguez@redaccion.diario.com.mx

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