Estado

Falló Fiscalía en detener a hermano de César Duarte

Sixto alega problemas de salud, por lo que ha faltado a las audiencias en dos ocasiones

Jaime Armendáriz
El Diario

sábado, 10 agosto 2019 | 06:00

Chihuahua- La Fiscalía General del Estado no pudo convencer ayer a un juzgado local de declarar como prófugo de la justicia a Sixto Duarte Jáquez, hermano del exgobernador, al que le buscan fincar una acusación por recibir cerca de un millón 400 mil pesos de manera irregular mediante la causa penal número 2163/2019. 

Sixto estaba citado para acudir ayer a audiencia en la Ciudad Judicial de Chihua-hua capital, a fin de formularle la imputación, pero no acudió con el argumento de tener un problema de salud, según lo informó mediante un oficio girado el 5 de agosto pasado. 

El tribunal estableció que se le deberá citar nuevamente. 

En la audiencia se dio a conocer que a Duarte Jáquez se le buscó en 2 ocasiones en un domicilio; en una de ellas nadie abrió y en la segunda atendió una mujer de 65 años que dijo desconocer a Sixto, y negó que ahí viviera. Aparte la notificación para la audiencia de ayer se publicó en estrados del tribunal.

Sin embargo al no presentarse, la representación de Fiscalía solicitó al juzgado considerarlo sustraído de la justicia y por ende poderle girar una orden de aprehensión para su presentación.

Pero la juez Karla Otero especificó que el citado envió un escrito en el que nombra abogados e informa que no podía presentarse ayer con motivo de unos estudios médicos. “No se le puede declarar sustraído en un procedimiento que no ha iniciado”, indicó la juzgadora.

En éste sentido determinó que la autoridad debe agotar las instancias para notificar a Sixto Duarte Jáquez y poder formularle imputación. 

Ante la ausencia del hermano del exgobernador y su defensa, tuvo que estar presente una abogada de la Defensoría Pública.

El delito que le buscan formular se llama “encubrimiento por receptación”, establecido en el artículo 239 del Código Penal del Estado, el cual indica que esa conducta la comete la persona que “a sabiendas de la comisión de un delito y sin haber participado en éste, adquiera o reciba el producto del mismo”; ése es castigado con penas de entre seis meses a cuatro años de prisión y multa de cincuenta a doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, o las penas que correspondan al responsable del ilícito encubierto.

 jarmendariz@diarioch.com.mx

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