Estado

En el limbo, pagos a constructora por edificación de Ciudad Judicial

César Jáuregui Robles fungió como coadyuvante en el despacho del exprocurador Arturo Chávez Chávez, quien era representante jurídico de una de las compañías

Staff
El Diario de Chihuahua

sábado, 01 febrero 2020 | 17:43

Chihuahua.- El Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, no ha resuelto el amparo que promovieron desde octubre de 2018 cinco empresas constructoras que participaron en la edificación de la “Ciudad Judicial”, las cuales desde 2016 demandaron al Gobierno de Chihuahua por incumplimiento de pago por un monto de 330 millones de pesos. 

En el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) se informó ayer que la Segunda Sala Civil de lo Contencioso, Administrativo y Fiscal; la cual emitió el sobreseimiento en contra de las empresas, dentro del juicio de oposición número 272/2016, no había recibido notificación todavía de la resolución de los tribunales federales. 

En el falló que emitido previamente se estableció que los argumentos presentados por las compañías no se validaban en las cláusulas legales, así como los tiempos en que interpusieron los reclamos sobre obras ya realizadas. 

Una de las empresas demandantes es “Ingeniería y Diseño Van, S.A. de C.V.” donde el panista César Jáuregui Robles, meses antes de asumir el cargo como secretario general de Gobierno –el 4 de octubre de 2016— fungió como coadyuvante en el despacho del exprocurador Arturo Chávez Chávez, quien era representante jurídico de esa misma compañía. 

Las otras cuatro empresas que también demandaron por incumplimiento de pago a la Secretaría de Hacienda estatal y a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas (SCOP) fueron “Desarrollos Alianza S.A. de C.V.”, “Afirma Inmobiliaria S.A. de C.V.”, “Arve Constructora S.A. de C.V.” y el particular Jorge Arturo Moreno Torres. 

La Segunda Sala estableció que los demandantes alegaron que hubo un “silencio administrativo” y que habría implicado una “afirmativa ficta” de pagar los contratos por parte de las entidades estatales. 

Sin embargo las cláusulas y el incumplimiento de actos de petición previos, por parte de las compañías, fueron tomados en consideración para el sobreseimiento.

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